Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1656
Bolivar, 30/10/2020
Visto
El Expediente N° 4013-523/20 por el cual se propicia el llamado a la Licitación Privada para la adquisición de Veinte (20) Motoguadañasy;
Considerando
Que por Decreto Nº 1513/2020 se aprobó el llamado a la Licitación Privada Nº 28 para la la adquisición de Veinte (20) Motoguadañascon un presupuesto oficial depesosUn MillonCuatrocientos Setenta Mil con 00/100 ($1.470.000,00);
Que se han cursado cuatro (4) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, a las firmas: SABATE RICARDO R.; M Y B Y ASOCIADOS SIMPLE DE BONIFACINO M, DI PALMA O., MONDELO M. Y HERNAN; R.P. MOTOS S.R.L.;SPROVIERO GUILLERMO OSVALDO;
Que se recibieron dos (2)ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 20 de Octubre de 2020 de los proveedores R.P. MOTOS S.R.L.;M Y B Y ASOCIADOS SIMPLE DE BONIFACINO M, DI PALMA O., MONDELO M. Y HERNAN;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar cada uno de los ítems por separado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Aprobar la Licitación Privada Nº 28/2020 llevada a cabo el día 20 de Octubre de 2020, para laadquisición de Veinte (20) Motoguadañas.
Artículo 2º: Declarar admisibles las propuestas presentadas por los proveedores R.P. MOTOS S.R.L.; M Y B Y ASOCIADOS SIMPLE DE BONIFACINO M, DI PALMA O., MONDELO M. Y HERNANpor ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 3°: Desestimar la oferta correspondiente a la firmaM Y B Y ASOCIADOS SIMPLE DE BONIFACINO M, DI PALMA O., MONDELO M. Y HERNAN por no resultar conveniente al interés fiscal.
Artículo 4°:ADJUDICAR la licitación a la empresaR. P. MOTOS S.R.L.,por la suma de pesos Ochocientos Mil con 00/100 ($800.000,00),por ser considerada la propuesta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 5º:El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a la siguiente partida:
Jurisdicción: 1110112000 – Secretaria de Espacios Públicos y Ambiente– 17- Parques y Plazas
Artículo 6º:Notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.
Artículo 7º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 8°:El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Espacios Públicos y Ambiente.
Artículo 9º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.