Boletines/Salto
Decreto Nº 0883/2019
Salto, 28/05/2019
Visto
la Nota Registro Interno Nº0690/19 presentada por la Directora de Educación Municipal por la que este Departamento Ejecutivo propicia la implementación del Proyecto de Prácticas Acuáticas a desarrollarse a través del C.E.F. Nº134; la que diera origen al Expediente Nº4099-34959/19; y
Considerando
Que, a fs. 1-2) obra el Acta Acuerdo de la que se desprenden los acuerdos a los que se han arribado junto a la Inspectora de Educación Física, Director del Centro de Educación Física, Secretario de Educación Física del C.E.F. Nº134 y representantes del Club Sports Salto; y de la que surge el compromiso de esta Municipalidad de realizar las gestiones administrativas que coadyuven a lograr el objetivo propuesto;
Que, desde la Dirección de Educación se coordinará la utilización del vehículo disponible de cada Dirección para el traslado de los niños desde la escuela hacia el predio del Club Sports y viceversa;
Que, desde la Dirección de Deporte se otorgará un subsidio al Club Sports Salto para contribuir al mantenimiento de la pileta y se gestionará conjuntamente con la Dirección de Educación, la contratación del guardavidas a fin de garantizar el cuidado de los niños en el natatorio; solicitando en tal sentido la contratación del Prof. Carlos De Los Santos por el período comprendido entre el mes de abril y el mes de noviembre de 2019 inclusive por la suma mensual de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500.-) y el otorgamiento de un subsidio por el periodo comprendido entre el mes de abril y el mes de noviembre de 2019 inclusive por la suma de PESOS CUATRO MIL ($4.000.-) con destino al mantenimiento de la pileta;
Que, las áreas contables del Municipio se han expedido favorablemente respecto de las erogaciones a realizar en función de cada necesidad;
Que, el personal perteneciente a la Planta Permanente de Empleados de este Municipio resulta insuficiente para realizar la tarea pretendida por el Área de Deportes;
Que el Prof. Carlos de los Santos cuenta con disponibilidad horaria y reúne los requisitos necesarios para desempeñarse como Guardavidas en el natatorio del Club Sports Salto;
Que, la Dirección de Asuntos Legales mediante Dictamen Nº373/19 manifiesta que, en base a los informes obrantes en las presentes actuaciones, que no tiene observaciones legales que realizar por lo que considera que se estaría en condiciones de dar trámite a las presentes actuaciones;
Que, tomando en consideración que la implementación del Proyecto de Prácticas Acuáticas a desarrollarse a través del C.E.F. Nº134 permitirá que niños de muy temprana edad puedan asistir al natatorio del Club Sports Salto, enriqueciendo y fortaleciendo su desarrollo mental y corporal a través de una disciplina deportiva tan completa como lo es la natación;
Por ello el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Con retroactividad al mes de Abril y hasta el mes de Noviembre de 2019 inclusive, contratar al Prof. CARLOS DE LOS SANTOS, D.N.I. Nº31.538.355, CUIT: 20-31538355-3 con domicilio en calle República de Croacia Nº979 de esta ciudad, a efectos que se desempeñe como Guardavidas en el natatorio del Club Sports Salto, por la suma mensual de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($3.500.-); quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar las correspondientes Órdenes de Pago conforme las especificaciones que emanen del contrato que al efecto suscriban las partes y las actuaciones tramitadas por Expediente Nº4099-35959/19.-
ARTICULO 2º: Facultar a la Dirección de Asuntos Legales a confeccionar el respectivo contrato conforme lo estipulado en el artículo precedente.-
ARTICULO 3º: Con retroactividad al mes de abril y hasta el mes de noviembre de 2019 inclusive, otorgar un subsidio al CLUB SPORTS SALTO con domicilio en calle San Pablo Nº454 de esta ciudad, por la suma mensual de PESOS CUATRO MIL ($4.000.-) a fin de contribuir a solventar los gastos de mantenimiento de la pileta que será utilizada por alumnos de segundo ciclo de nivel primario durante los meses de abril a noviembre de 2019 inclusive quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar las correspondientes Órdenes de Pago conforme las especificaciones que emanen del contrato que al efecto suscriban las partes y las actuaciones tramitadas por Expediente Nº4099-35959/19.-
ARTICULO 4º: Facultar a la Dirección de Contaduría a librar las correspondientes Órdenes de Pago en función del gasto en transporte para el traslado de los niños, los que estarán condicionados a los informes y rendiciones que eventualmente realice la Dirección de Educación.-
ARTICULO 5º: Las erogaciones autorizadas en los artículos precedentes deberán ser imputadas con cargo a la Jurisdicción 1110101000 Conducción Superior; Programa 23 Promoción del deporte; Actividad de programa: 3. Educación del Deporte; Partida Parcial: 5.1.7 Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro (Subsidio Club Sports Salto); Partida Parcial: 3.4.9 Otros (Servicio de guardavidas); Partida Parcial: 3.5.1 Transporte (Servicio de transporte); Fuente de Financiamiento: 132 De origen provincial; Rubro de recursos: 11.9.03.00 Fondo financiamiento educativo, del Presupuesto en vigencia.-
ARTICULO 6º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-