Boletines/Lobería

Ordenanza Nº2484-21

Ordenanza Nº 2484-21

Lobería, 12/03/2021

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 41, 77 inciso a), 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.291/20; y

CONSIDERANDO:

QUE, el Municipio suscribió un Convenio con la Sociedad Cosmopolita de Socorros Mutuos “La Fraternidad” quien entrega para que use, goce y disponga gratuitamente de un inmueble de su propiedad ubicado en calle Alem N° 127 de esta ciudad, para la instalación y puesta en marcha de la universidad de Lobería;

QUE, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.291/20 se procedió a su registración, agregándose al acto administrativo de referencia el instrumento legal celebrado;

QUE, para la ejecución del mismo, resulta necesaria su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo mediante la sanción de la disposición correspondiente;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias, aprueba la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- CONVALÍDASE el CONVENIO suscripto Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y registrado por Decreto Nº 1.279/20, entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Sociedad Cosmopolita de Socorros Mutuos “La Fraternidad”, representada por su Presidente Sr. LUIS ANIBAL DIEZ y Secretaria Sra. NIDIA BIONDI, quien  entrega para que use, goce y disponga gratuitamente de un inmueble de su propiedad ubicado en calle Alem N° 127 de esta ciudad, para la instalación y puesta en marcha de la universidad de Lobería.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórense como Anexo Único de la presente, copia del Acto Administrativo  citado en el Artículo 1º y Convenio respectivo.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza,cumplido, ARCHÍVESE. 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-

 

MARIA GABRIELA PUCCI                                                       HECTOR MARIO HARDOY

   SECRETARIA HCD                                                                    PRESIDENTE HCD

ORDENANZA 2484-2021

ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº ……/20

                                                                        LOBERÍA, 11 DE SETIEMBRE DE 2020

V I S T O:

Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Expediente N° 4066-413/20, y

CONSIDERANDO:

QUE, la Municipalidad de Lobería suscribió un Convenio con la Sociedad Cosmopolita de Socorros Mutuos “La Fraternidad” quien entrega para que use, goce y disponga gratuitamente de un inmueble de su propiedad ubicado en calle Alem N° 127 de esta ciudad, para la instalación y puesta en marcha de la Universidad de Lobería;

QUE, la duración de la relación contractual es de setenta (70) años contados a partir del 11 de setiembre de 2020;

QUE, el instrumento legal que materializa el compromiso de las partes, será oportunamente elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1º REGÍSTRASE, Ad-Referendum del Honorable Concejo Deliberante CONVENIO celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE LOBERÍA, representada por el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la SOCIEDAD COSMOPOLITA DE SOCORROS MUTUOS “LA FRATERNIDAD”, representada por su Presidente Sr. LUIS ANIBAL DIEZ y Secretaria NIDIA BIONDI, a fin de ceder para su uso, goce y en forma gratuita un inmueble propiedad de la entidad, ubicado en calle Alem N° 127 de Lobería, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 45, Parcela 5ª, Partida Inmobiliaria N° 061-5.265, Partido de Lobería, destinado a la instalación y puesta en marcha de la Universidad de Lobería.

ARTÍCULO 2º El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2020 bajo el   número 229.

ARTÍCULO 3º Notifíquese, tomen conocimiento Asesoría Letrada, Contaduría y Honorable   Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

PABLO J. BARRENA                                             JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                        INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 1.291-20