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Ordenanza Nº2479-21

Ordenanza Nº 2479-21

Lobería, 12/03/2021

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 41, 77 inciso a), 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.567/20; y

CONSIDERANDO:

QUE, el Municipio el Municipio suscribió un Convenio con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires para desarrollar acciones coordinadas institucionalmente a fin de brindar una respuesta eficaz frente a las problemáticas de violencia;

QUE, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.567/20 se procedió a su registración, agregándose al acto administrativo de referencia el instrumento legal celebrado;

QUE, para la ejecución del mismo, resulta necesaria su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo mediante la sanción de la disposición correspondiente;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias, aprueba la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- CONVALÍDASE el CONVENIO suscripto Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y registrado por Decreto Nº 1.567/20, celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Titular Sra. ESTELA ELVIRA DÍAZ, para desarrollar acciones coordinadas institucionalmente a fin de brindar una respuesta eficaz frente a las problemáticas de violencia.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase como Anexo Único de la presente, copia del Acto Administrativo   citado en el Artículo 1º y Convenio respectivo.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza, cumplido, ARCHÍVESE. 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-

MARIA GABRIELA PUCCI                                                       HECTOR MARIO HARDOY

   SECRETARIA HCD                                                                     PRESIDENTE HCD

ORDENANZA 2479-2021

                                                                                                          ANEXO I DE LA ORDENANZA Nº ……/20

LOBERÍA, 11 DE NOVIEMBRE DE 2020

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 41, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Expediente N° 4066-519/20; y

CONSIDERANDO:

Que, el Municipio suscribió un Convenio con el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires para desarrollar acciones coordinadas institucionalmente a fin de brindar una respuesta eficaz frente a las problemáticas de violencia;

Que, dichas acciones comprende el asesoramiento, acompañamiento, solución de emergencias, ayudas económicas y seguimiento delas situaciones que se detecten o denuncien, para vehiculizar la prevención y protección como primera red de contención ante la contingencia;

Que, ambas partes se comprometen a prevenir, detectar y dar asistencia inmediata de situaciones de riesgo de víctimas de violencia por razones de género, la contribución para el fortalecimiento o en su caso la conformación de una mesa local intersectorial y la constituciones de redes sociales, regionales y provinciales a fin de optimizar la utilización de los recursos necesarios para el abordaje de esas problemáticas y realizar el registro y seguimiento de los casos atendidos para que no sean recurrentes en el acaecimiento de la emergencia y la situación de violencia;

Que, el Ministerio contribuirá mediante la creación del Fondo Especial de Emergencia en Violencias por Razones de Género para dar respuesta a los gastos que demande la atención de las víctimas, de acuerdo con los términos de la normativa vigente en la materia y lo estipulado en el Convenio;

Que, el Municipio se  obliga a utilizar los fondos recibidos en el marco de la referida normativa, a la resolución de las emergencias que se sucedan, procurando la debida atención y contención en las redes de las que se disponga, con los lineamientos acordados;

Que, el instrumento legal mencionado, será oportunamente elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación;

Por todo ello y en ejercicio de facultades que le son propias,  EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, dicta el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE, Ad-Referendum del Honorable Concejo Deliberante, el CONVENIO celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Titular Sra. ESTELA ELVIRA DÍAZ, para desarrollar acciones coordinadas institucionalmente a fin de brindar una respuesta eficaz frente a las problemáticas de violencia.

ARTÍCULO 2.- El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2020 con el número 259.

ARTÍCULO 3.- Impútese a la Partida: “111011000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 29 Dirección de Desarrollo Social – 01 Conducción y Administración – 5.1.4.0. Ayudas sociales a personas – 132 de origen provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Secretaría de Salud y Desarrollo Social,Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.

 

PABLO J. BARRENA                                        JUAN JOSÉ FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                  INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO Nº 1.567-20