Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 109
Exaltación de la Cruz, 31/01/2021
Visto
La Ley Orgánica de Municipalidades Decreto Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias, la Ordenanza Municipal de Prepuesto N° 2725/2020, el Decreto N° 002 del Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 04 de Enero del corriente año, y;
Considerando
Que, por la mencionada Ordenanza, en su Artículo 5 se faculta al Departamento Ejecutivo a establecer el número y funcionamiento de las distintas áreas municipales;
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 (t.v.), habilita al Departamento Ejecutivo Municipal a conformar las Estructuras Orgánico funcionales, para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones;
Que la mencionada Ordenanza y el Decreto 002 a que se hace referencia Ut-supra y en el Considerando primero se establece la Estructura Orgánica de Secretarias, en la cual se dividirá el Departamento Ejecutivo Municipal, y las funciones inherentes a cada una de ellas;
Que el Intendente Municipal, elige su equipo de colaboradores, para el desarrollo de las tareas necesarias del Departamento Ejecutivo Municipal;
Que en virtud de lo expuesto se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
Artículo 1º |
CREAR la DIRECCION DE DESARROLLO de LOS CARDALES, que dependerá de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz en la Jurisdicción 1110157000 – Secretaría Gobierno y Desarrollo a la Comunidad – (R.A.F.A.M). - |
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Artículo 2° |
DESIGNAR a la Señora NANNI MARIELA ALEJANDRA, titular del DNI N° 27.116.285, a partir del día 1 de enero del corriente como DIRECTORA DE DESARROLLO de LOS CARDALES, - PLANTA POLITICA SIN ESTABILIDAD - quien revestirá en la categoría DIRECTOR A de la Jurisdicción 1110157000 – Secretaría de Gobierno y Desarrollo a la Comunidad – (R.A.F.A.M). - |
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Artículo 3° |
HACER Reserva de Cargo al Agente mencionado en el Artículo 1° del presente Decreto, en la categoría Administrativo D6 Jornada Prolongada de 8 horas, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9° de la Ley Provincial N° 14.656 (Régimen de Empleo Municipal) |
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Artículo 4° |
El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Coordinación General y Control de Gestión, y por el Señor Secretario de Gobierno y Desarrollo de la Comunidad. - |
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Artículo 5° |
Cúmplase, Comuniquese, Publiquese en el Boletín Oficial Municipal, dese al Registro de Decretos y Archivese. - |
LIC. DIEGO EDUARDO NANNI – INTENDENTE MUNICIPAL
DRA. MARIA LUZ BOZZANI – SECRETARIA DE COORDINACION GENERAL Y CONTROL DE GESTION
TCO. MATIAS FABIAN AZZALINI – SECRETARIO DE GOBIERNO Y DESARROLLO DE LA COMUNIDAD