Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 404
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/03/2021
Visto lo solicitado por el Dto. Ingeniería de Tránsito a fojas 25, acerca del aumento de la Bonificación por Función que perciben los agentes dependientes del mismo que realizan tareas de demarcación horizontal y/o vertical en la vía pública, atento al Acta de Paritaria obrante a fojas 27, por la cual se acordó llevar la bonificación por riesgo laboral a partir del 1 de enero de 2021 a un 15% sobre el sueldo básico delAgrupamiento Obrero Clase 1 Grado A (06/1A) con una carga horaria de treinta (30) horas semanales, y considerando lo informado por la Subsecretaria de Capital Humano a fs. 29 y por el Director General de Movilidad Urbana y el Secretario de Movilidad Urbana y Espacios Públicos a fs. 30 respecto de la necesidad de modificar los artículos 1º y 2º del Decreto 778/2018; por lo expuesto y teniendo en cuenta la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 29 vta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º: Modificar a partir del 1 de enero de 2021 el Artículo 1º del Decreto Nº779-2018 de fecha 23 de abril de 2018, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º)- Establézcase una Bonificación Remunerativa por Tareas Riesgosas en la Vía Pública, que se otorgará mediante acto resolutivo a aquellos agentes pertenecientes a la Planta de Personal Municipal, dependientes del Departamento Ingeniería de Tránsito, que realicen tareas de demarcación horizontal y/o vertical en la calle, equivalente al 15% de la categoría 06/1A con treinta (30) horas semanales, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el exordio de la presente.”
ARTICULO 2º: Modificar a partir del 1 de enero de 2021 el Artículo 2º del Decreto Nº779-2018 de fecha 23 de abril de 2018, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º)- La bonificación acordada en el Artículo 1º comenzará a regir a partir del día 01 de enero de 2021. Dicha compensación será abonada sólo cuando el personal designado cumpla efectivamente la función y no esté comprendido en ninguna otra bonificación.”
ARTICULO 3º: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110109000, Cat. Prog 01.01.00, Gasto 1133, del Presupuesto de Gastos.-
ARTICULO 4º: Cúmplase; tome nota el Departamento Ingeniería de Tránsito, el Departamento Administración del Personal, Subsecretaria de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R.O. Cumplido, ARCHÍVESE.