Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº369

Decreto Nº 369

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/03/2021

 Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma Bahía Ambiental SAPEM, solicita el reajuste de la tarifa en los precios unitarios de cada uno de los servicios prestados de acuerdo a las unidades de medida que se establecen en la cláusula Décimo Novena del contrato de locación para la prestación del Servicio de Higiene Urbana que fuera celebrado con esta Comuna; y,

CONSIDERANDO

Que lo requerido está estipulado en la cláusula 20° del contrato mencionado, y la empresa ha procedido de acuerdo al mismo en su solicitud a fojas 271.-

Que la recurrente a fs. 271 expresa que de acuerdo a la estructura de costos, se ha registrado un aumento en los costos de los servicios que presta la empresa.-

Que además solicita un reajuste de los valores para los días feriados que surgirían como consecuencia del ajuste de los valores de cada uno de los servicios establecidos en la cláusula 19°.-

Que conforme lo autoriza la cláusula 20° la Municipalidad podrá reconocer los mayores costos que sufra la empresa cuando requiera la prestación de servicios en días feriados.-

Que de los análisis efectuados se comprobó que los costos sufrieron un aumento superior al 7,5%, correspondiendo por lo tanto disponer el reajuste de los precios pactados.-

Que se ha consensuado con las autoridades de la solicitante un incremento a partir del mes de abril del corriente año en adelante.-

Atento a la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General y lo informado por la Secretaría de Economía, el INTENDENTE MUNICIPALen uso de sus facultades,

DECRETA

PRIMERO: Apruébese el reajuste de tarifa en los precios unitarios de cada uno de los servicios prestados por Bahía Ambiental SAPEM, incluidos los feriados, a partir del 1 de abril del corriente año de los siguientes ítems:

-Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Domiciliarios (RSU): La unidad de medida de este servicio será la tonelada, fijando el valor unitario de pesos cuatro mil doscientos treinta y uno con noventa centavos ($ 4.231,90.-).- Para días feriados la suma de pesos tres mil ciento setenta y tres con noventa y dos centavos ($ 3.173,92.-).-

-Recolección domiciliaria especial de RSU en Restaurantes, Hoteles y Afines en la suma de pesos sesenta y siete mil ciento dos con seis centavos ($ 67.102,06.-).- Para días feriados la suma de pesos cincuenta mil trescientos veintiséis con cincuenta y cuatro centavos ($ 50.326,54.-).-

-Servicio de Barrido y Limpieza de calles en la suma de pesos doscientos setenta y siete con cuarenta y tres ($ 277,43.-).- Para días feriados en la suma de pesos doscientos treinta y cuatro con cuarenta y dos centavos ($ 234,42.-).-

-Limpieza y Desobstrucción de Sumideros, Cámaras y Nexos de los Desagües Pluviales en la suma de pesos cincuenta mil novecientos ochenta y tres con cuarenta y siete centavos ($ 50.983,47.-).- Para días feriados en la suma de pesos veintiocho mil setecientos cincuenta y cuatro con sesenta y ocho centavos ($ 28.754,68.-).-

-Hora camión compactador de 15 m3 mínimo o de mayor capacidad en la suma de pesos seis mil quinientos dos con cuarenta y seis centavos ($ 6.502,46.-).- Para días feriados en la suma de pesos cuatro mil ochocientos setenta y seis con ochenta y cinco centavos ($ 4.876,85.-).-

-Hora camión volcador de 8 m3 mínimo o de mayor capacidad en la suma de pesos dos mil setecientos ochenta y dos ($ 2782.-).- Para los días feriados en la suma de pesos mil quinientos sesenta y nueve con cinco centavos ($ 1.569,05.-).-

-Hora camión roll-off almeja, incluyendo en el precio chofer y mano de obra necesaria, en la suma de pesos tres mil novecientos noventa y tres con cincuenta y cinco centavos ($ 3.993,55.-).- Para días feriados en la suma de pesos dos mil doscientos cincuenta y dos con treinta y seis centavos ($ 2.252,36.-).-

-Hora equipo moto barredora mecánica 5 m3 mínimos o de mayor capacidad, en la suma de pesos seis mil ocho con cuarenta y ocho centavos ($ 6.008,48.-).- Para días feriados en la suma de pesos cinco mil setenta y siete con diecisiete centavos ($ 5.077,17.-).-

-Hora pala cargadora balde de 1,5 m3 mínimo o de mayor capacidad, en la suma de pesos cuatro mil trescientos cincuenta con cuarenta y un centavos ($ 4.350,41.-).- Para días feriados en la suma de pesos dos mil cuatrocientos cincuenta y tres con sesenta y tres centavos ($ 2.453,63.-).-

-Hora operario barrendero, en la suma de pesos ochocientos veintiocho con treinta y tres centavos ($ 828,33.-).Para días feriados en la suma de pesos seiscientos noventa y nueve con noventa y cuatro centavos ($ 699,94.-).-

-Hora operario cargador en la suma de pesos novecientos cuarenta y siete con veinte centavos ($ 947,20.-).- Para días feriados en la suma de pesos ochocientos con treinta y ocho ($ 800,38.-).-

-Hora cuadrilla con cinco (5) operarios con supervisión, en la suma de pesos cuatro mil doscientos treinta y tres con  sesenta y dos centavos ($ 4.233,62).- Para días feriados en la suma de pesos tres mil quinientos setenta y siete con cuarenta y un centavos ($ 3.577,41.-).-

-Hora camión desobstructor de sumideros y cañerías incluyendo en dicha cotización chofer y mano de obra necesaria, en la suma de pesos seis mil seiscientos cincuenta y dos con cincuenta y tres centavos ($ 6.652,53.-).- Para días feriados en la suma de pesos tres mil setecientos cincuenta y dos con tres centavos ($ 3.752,03.-).-

-Hora camioneta con chofer, en la suma de pesos un mil quinientos doce con ochenta y cuatro centavos ($ 1.512,84.-).-

-Hora camión volcador de 8 m3 con divisiones, en la suma de pesos tres mil trescientos treinta y seis con noventa y ocho centavos ($ 3.336,98.-).-

SEGUNDO: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía y el Sr. Subsecretario de Mantenimiento.-

TERCERO: El gasto que demande lo estipulado en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat. Programática 53.01.00, Gasto 3.3.9.0. / 3.3.6.0., del presupuesto de gastos vigente.-

CUARTO: Cúmplase, dése al R.O., tomen conocimiento la Secretaría de Economía , Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y Tesorería Municipal.- Cumplido: Resérvese en la Secretaria de Infraestructura .-