Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 46
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/02/2021
Visto que por expediente 796-1927-2008 se procedió a iniciar el otorgamiento del subsidio a SOCIEDADES DE FOMENTO que tienen Unidades Sanitarias en funcionamiento en su dependencia, y que dichas entidades hasta el día de la fecha, aún no han cobrado, en forma total o parcial, subsidios anteriores, tanto por dificultades en la comisión constitutiva como así también por no encontrarse registrados en el Registro de Beneficiarios y Poderes en la Tesorería General de este municipio,
Considerando la necesidad de continuar con el pago correspondiente al consumo de servicios de dichos lugares, previendo su interrupción que ocasionarían la suspensión del servicio de Atención Primaria de la Salud brindado en dichas entidades,
Teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General a fojas 550 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE
PRIMERO: Otorgar un subsidio destinado a solventar gastos de servicios de luz y agua, a las Sociedades de Fomento donde funcionan las Unidades Sanitarias de la Secretaria de Salud, detalladas a continuación en un todo de acuerdo a la documentación obrante en el presente expediente.
SOCIEDADES DE FOMENTO CON UNIDADES SANITARIAS |
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PROV |
UNIDAD SANITARIA |
CUIT |
2086 |
NUEVA BELGRANO |
30-70927188-8 |
2085 |
MALDONADO |
30-71002346-4 |
|
PAMPA CENTRAL |
|
4783 |
KILOMETRO 5 |
30-71509076-3 |
2027 |
HARDING GREEN |
30-70484351-4 |
|
RIVADAVIA |
|
583 |
ROSARIO SUR |
33-70843273-9 |
754 |
NOROESTE |
30-70756054-8 |
718 |
VILLA DELFINA |
30-70948502-0 |
585 |
ESTOMBA |
30-70901678-0 |
648 |
BOULEVARD |
30-70761430-3 |
635 |
VILLA ROSAS |
33-70727359-9 |
|
VILLA FLORESTA |
30-70901473-7 |
|
VILLA BORDEU |
30-71081202-7 |
SEGUNDO: Autorizar a Contaduría General a abonar mediante expedientillos de pago a la empresa EDES S.A. y ABSA por los montos facturados por períodos correspondientes al año 2021 que se consignen en las facturas presentadas oportunamente por cada institución mencionada en el artículo precedente, las que deberan estar conformadas por la Secretaria de Salud.
TERCERO: El gasto dispuesto por una suma total aproximada de pesos trescientos mil ($300.000) deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110105000 cat. Prog. 01 03, y 01 06, Gasto 3120 y 3110 del presupuesto de gastos vigente.-
CUARTO: Cúmplase, tome nota Subdirección de Planeamiento Presupuestario, Contaduría General, Secretaría de Salud, dese al RO y Resérvese