Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº59

Resolución Nº 59

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/02/2021

   Visto las presentes actuaciones iniciadas por el Director de ACAS Consultores S.A., Sr. Gustavo Altuna, en representación de la Asociación Empleados de Comercio de Bahía Blanca, solicitando autorización para la realización de carreras de automovilismo en velocidad sobre asfalto pertenecientes a la Categorías Zonales a desarrollarse en el Autódromo “Ezequiel Crisol” de Aldea Romana los días 14 y 15 de febrero del corriente año; teniendo en cuenta el informe elaborado por la Dirección de Defensa Civil y la documentación aportada al día de la fecha; el SUBSECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Decreto 2368-2018,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º)- Autorícese a ACAS Consultores S.A., en representación de la Asociación Empleados de Comercio de Bahía Blanca, a realizar las carreras de automovilismo de velocidad sobre asfalto pertenecientes a las Categorías Zonales; los días 14 de febrero de 2021 de 11:00 a 17:20 horas y el día 15 de febrero de 2020 de 09:00 a 15:30 horas, en el Autódromo “Ezequiel Crisol” de Aldea Romana, debiendo obtener posteriormente la habilitación correspondiente emanada de la Dirección Provincial de Transporte, organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de todos los recaudos necesarios para tal fin.-.-

ARTICULO 2º)- Hágase saber al organizador que la presente autorización de evento transitorio se emite con carácter de excepción, debiendo presentar copia de Póliza de Seguro del Espectador antes de las 10:00 horas del día 12 de febrero del corriente año, quedando suspendida la presente autorización si así no se hiciere.-

ARTICULO 3°) - Déjese establecido que el evento se realiza bajo la exclusiva responsabilidad de la entidad organizadora, por accidentes que pudieran ocurrir por negligencias imputables a la organización, por lo cual el organizador deberá dar estricto cumplimiento al factor de ocupación vigente para cada uno de los espacios habilitados para la ubicación de  espectadores. Asimismo deberá abonar en tiempo y forma la tasa municipal correspondiente a espectáculos públicos vigente al momento del desarrollo de las competencias, conforme a la totalidad de espectadores asistentes a cada encuentro.

ARTICULO 4º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Dirección de Rentas, Departamento Recaudación;y RESERVESE en la Dirección de Defensa Civil a fin de constatar el cumplimiento de lo indicado en los artículos 2º y 3º de la presente resolución.