Boletines/Lincoln
Decreto Nº 2965/16
Lincoln, 16/09/2016
DISPONIENDO LA DESIGNACIÓN EN LA PLANTA TEMPORARIA DE LA SEÑORAS GIULIANA MAILEN LAGOMARSINO Y SUSANA PAOLA ESCO EN EL HOSPITAL MUNICIPAL ¨DR. RUBEN. O. MIRAVALLE
Visto
El Memorandum enviado por el señor Director General de Personal del Hospital Municipal, solicitando la designación de la señoras Guliana Mailen Lagomarsino y Susana Paola Esco para desempeñarse como mucamas en el servicio Servicio de Pediatria y Servicio de Geriatria respectivamente, cumpliendo un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales
Considerando
Que en consecuencia y por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Desígnase Personal Temporario Mensualizado de acuerdo a los art. 70º-Inc.2), 111º y 115º de la Ley 14.656, a partir del 05/09/2016 y hasta el 31/12/2016, inclusive, a la señora GIULIANA MAILEN LAGOMARSINO -DNI Nº 38.927.002 Y a SUSANA PAOLA ESCO N°32.066.749 para desempeñarse como mucamas en el servicio de Pediatria y Geriatria respectivamente en el Hospital Municipal ¨Dr. Ruben O. Miravalle¨, percibiendo un básico mensual equivalente a la categoría 15 de la escala de sueldos y una bonificación del sesenta (60%) por ciento por jornada prolongada, debiendo cumplir un régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales , teniendo el beneficio Jubilatorio é Ioma, realizándosele los respectivos descuentos.
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la siguiente partida del Presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 3º: La Municipalidad con o sin causa y unilateralmente, podrá rescindir la presente designación temporaria en cualquier instancia,sin que ello genere derecho a reclamo por parte del personal designado.-
ARTICULO 4º: Refrenda el presente decreto el señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 5º: Comuníquese a la interesada, Dirección General de Personal, Departamento Liquidación de Sueldos, Hospital Municipal, Tesorería, Contaduría .Regístrese y Archívese.