Boletines/Lincoln
Decreto Nº 2884/16
Lincoln, 08/09/2016
DECLARANDO DE INTERES PUBLICO Y MUNICIPAL, EN LO CULTURAL Y EDUCATIVO, LA “CONVENCION INTERNACIONAL DE ESCRITORES”
Visto
El Arte como un componente de la Cultura, reflejando en su concepción los sustratos económicos y sociales, y la transmisión de ideas y valores, inherentes a cualquier cultura humana a lo largo del espacio y el tiempo;
Considerando
Que el Gobierno Municipal ha asumido un real compromiso con la comunidad del Distrito en la seguridad de que las actividades culturales y educativas permiten la participación y capacitación de la población, abarcando la totalidad de las disciplinas del arte, los oficios y la educación formal y no formal con propuestas en congestión con diversas entidades;
Que desde el 25 de septiembre al 01 de octubre de 2016 se realizara el X Encuentro Universal de Escritores en Santander, Colombia , “Vuelven los Comuneros”, y el escritor linqueño Nelson Fabián Irrazabal ha sido seleccionado para representar a nuestro país en poesía y galardonado por algunas de sus obras editadas en Mis Reminiscencias y otras en Mis Reminiscencias II y para este evento realizo una poesía en Castellano antiguo;
Que esta Administración viene trabajando de forma ininterrumpida para crear canales de difusión de la escritura, convocando artistas y gestores culturales, dándole la importancia que merecen estos espacios donde la espiritualidad artística escrita dan a la sociedad esa necesaria atmósfera de desarrollo humano y social tan importante para la evolución cultural del país;
Que para hacer posible su participación en este Encuentro Universal de Escritores “Vuelven los Comuneros” debe preverse el gasto de pasaje aéreo al país de Colombia
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declarando de Interés Público Municipal en lo Cultural y Educativo la “Convención Nacional de Escritores” a realizarse en el Distrito de Santander, Colombia, a realizarse del 25 al 01 de octubre de 2016.-
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, se imputará a la Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-
ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Gobierno y Gestión Publica.-
ARTICULO 4º: Comunique a los interesados, Secretaría de Cultura y Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Educación, Dirección de Compras, Tesorería, Contaduría y a quienes más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y archívese.-