Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 5788/17
Nueve de Julio, 21/02/2017
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: La presente Ordenanza regirá el procedimiento a aplicar respecto a los inmuebles a incorporarse al Programa Lotes con Servicios previsto en la Ley N° 14.449 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1062/13, cuya Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°: Autorizar la afectación al Programa Lotes con Servicios del inmueble perteneciente al dominio de la Municipalidad de 9 de Julio designado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 174, Parcela 5, Partida Inmobiliaria N° 15.879, Matrícula N° 17.631 (77).
ARTÍCULO 3°: Requerir la intervención de la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires a fin de que se incorpore al Programa Lotes con Servicios el plano de mensura y subdivisión a confeccionarse respecto del inmueble designado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 174, Parcela 5, Partida Inmobiliaria N° 15.879, Matrícula N° 17.631 (77).
ARTÍCULO 4°: Declarar de interés social al proceso de escrituración del/los inmuebles que se menciona en los artículos precedentes, requiriéndose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de la escrituras traslativas de dominio a favor de los adjudicatarios de acuerdo a lo que estipule los boletos de compraventa respectivos.
ARTÍCULO 5°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.