Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 210
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/02/2021
Visto las presentes actuaciones mediante la cual trámita el pago de expensas al Consorcio del Parque Industrial Bahía Blanca por los inmuebles propiedad del municipio que radican en dicho parque y;
CONSIDERANDO:
Que de fojas 3 a 9 del expediente 359-11314-2014 obra copia de los artículos de referencia del Reglamento de Copropiedad y Administración del Parque Industrial que fuera aprobado el 16 de Septiembre de 1999 en Asamblea General con la participación del Municipio como copropietario mediante expediente 320-11523-1997.
Que según artículo quinto de dicho Reglamento surge que la proporción de cada terreno sobre el total de la superficie del Parque Industrial determina a) el valor proporcional de cada terreno o fracción con relación al conjunto del Parque Industrial b) el valor proporcional del derecho del propietario sobre el conjunto de los bienes comunes del Parque Industrial.
Que en el artículo décimo tercero del reglamento el mismo determina que: “el presupuesto será solventado por lo copropietarios en proporción al porcentual que le corresponda a cada uno en el inmueble, conforme las normas establecidas por el reglamento”.
Que en foja 10 del expediente 359-11314-2014 consta copia del acta número 4, fechada el 7 de Marzo del año 2000, correspondiente a la Asamblea realizada en la sala Coronel Estomba de la Municipalidad de Bahía Blanca estableciéndose respecto a las expensas que: “la Municipalidad abonará mensualmente a partir de marzo del corriente año, un importe igual al que le corresponde al consorcista de mayor participación”.
Que mediante reunión de Comisión Directiva, llevada a cabo el 18 de Noviembre de 2013, según consta en fojas 24 del expediente 359-11314-2014, se determinó, a partir de la incorporación dentro del Parque Industrial de una firma que adquirió una superficie de 10 hectáreas, que por excepción el Municipio abone un monto correspondiente al de una superficie equivalente a 2,5 hectáreas.
Que a fojas 11 del expediente 359-11314-2014 consta copia del Acta de la Asamblea Ordinaria fechada el 27 de Agosto de 2014 estableciéndose el índice aplicable por metro cuadrado de cada parcela para el ejercicio 2014/2015 que posibilitará establecer el monto de las expensas que le corresponde abonar al Municipio como copropietario del Consorcio del Parque Industrial.
Que a fojas 12 del expediente 359-11314-2014 consta anexo de la Asamblea Ordinaria fechada el 27 de Agosto de 2014 mediante la cual se ratifican los índices cobrados durante el ejercicio 2013/2014
Que a fojas 25 del expediente 359-11314-2014 consta la metodología utilizada para calcular el Índice de Afectación por metro Cuadrado mediante el cual se determina el valor mensual de las expensas.
Que a fojas 26 del expediente 359-11314-2014 obra resolución 18-0045-2014 autorizando a Contaduría General a librar ordenes de pago correspondientes a las expensas del Consorcio del Parque Industrial para el ejercicio 2014.
Que a foja 1, 9, 11, 14 del expediente 359-13515-2014 obran resoluciones mediante las cuales se ha autorizando a Contaduría General a librar ordenes de pago correspondientes a las expensas del Consorcio del Parque Industrial para los ejercicios 2015, 2016, 2017 y 2018;
Que de acuerdo con la metodología empleada, y oportunamente descripta, el valor de las expensas se calcula mensualmente.
Que según lo informado a foja 150 del expediente 359-13515-2014 el Secretario de Economía sugiere se de curso al pago mensual de las expensas de dicho Consorcio para el año 2021.
Por lo expuesto y teniendo en cuenta, la imputación de la Subdirección de Presupuesto y el Departamento Contaduría General a fs. 150 vta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Contaduría General a librar órdenes de pago y cheque correspondientes a las Expensas ordinarias y extraordinarias del Consorcio del Parque Industrial Bahía Blanca, que puedan surgir durante el período enero a diciembre de 2021, mediante expedientillos mensuales, con documentación respaldatoría e informe previo de la Subsecretaria de Planificación y Control del Gasto.
ARTICULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente110, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto del presupuesto 3.3.1.0.
ARTICULO 3°)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, dése al R.O., hecho: RESERVESE en la Secretaria de Economía.