Boletines/General Lavalle

Ordenanza Nº2390/2021

Ordenanza Nº 2390/2021

General Lavalle, 12/02/2021

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 4045-3625/2021 caratulado: “Licitación Pública – Control y Fiscalización de Velocidad”;

CONSIDERANDO:

            Que, la Municipalidad de General Lavalle suscribió convenio con la Dirección Provincial de Seguridad Vial para mantener la potestad de control de infracciones sobre las rutas provinciales que atraviesan el Municipio.

            Que, a efecto de llevar a cabo los controles correspondientes, se suscribió Convenio con la empresa FLUXA S.A.,  el cual fue convalidado por el Honorable Concejo Deliberante. -

            Que, atento a la imposibilidad de efectuar llamado a licitación pública, en el marco de las restricciones por la pandemia, oportunamente se prorrogó dicho Convenio hasta el mes de marzo de 2021. –

            Que, de tal forma, a efectos cumplimentar con lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto RAFAM y Reglamento de Contabilidad, se debe efectuar el llamado a licitación pública.

            Que, sin perjuicio de la facultad del Departamento Ejecutivo para la confección del Pliego correspondiente, resulta pertinente establecer puntos específicos que deberán contemplarse en el Pliego de Bases y Condiciones, para garantizar la solvencia económica, financiera y técnica de la empresa a contratar, como así también cuestiones propias del servicio.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar llamado a Licitación Pública para la implementación del SERVICIO DE CONTROL Y SEGURIDAD VIAL Y DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES Y GESTIÓN DE COBRANZA, dentro del marco del convenio con la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial y del Sistema de Administración Centralizada de Infracciones de Tránsito (SACIT). –

ARTÍCULO 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a la redacción del Pliego de Bases y Condiciones, el cual deberá contemplar los siguientes puntos:

  • En caso de baja o rescisión del Convenio con la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, la empresa adjudicataria no podrá efectuar ningún tipo de reclamo de daños y perjuicios contra el Municipio.
  • La empresa contratante deberá asegurar el mantenimiento y corte de pasto y cartelería legal correspondientes, sin perjuicio de la obligación primaria de la concesionaria del Corredor Vial AUBASA S.A.
  • El plazo del convenio no podrá superar los 6 años, con opción a prorroga por 2 años.
  • La empresa deberá demostrar solvencia económica, financiera y técnico, debiendo presentar a dichos efectos copia del último balance firmado por Contador Público Nacional, con certificación del Concejo Profesional correspondiente, garantía de mantenimiento de oferta de un millón de pesos, certificado de aprobación de Modelo de la Dirección Nacional de Comercio Interior y cualquier otra autorización u homologación que resulte necesaria para que las presunciones de Infracción sean totalmente válidas de acuerdo a la normativa vigente, y que los equipos a utilizar efectúen las capturas en calidad FULL HD.

 ARTÍCULO 3º: El llamado a licitación deberá efectuarse de acuerdo a los plazos y requisitos previstos en el Artículo 142 de la L.O.M., con obligatoriedad de publicación

el Boletín Oficial Municipal (SIBOM), debiendo conformarse la comisión de pre adjudicación con el Jefe de Gabinete; Sub Secretario de Compras; Contador Municipal  y contar con dictamen legal.

ARTÍCULO 4º: Deberá establecerse un sistema conforme el artículo 34 de la Ley 13.133, garantizando un servicio integral y gratuito de consulta y asesoramiento técnico y jurídico, para el caso que los usuarios viales denuncien arbitrariedades o incumplimiento de las normas de prevención y notificación. 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, para su conocimiento, pertinente efecto y publicación en el Boletín Oficial. -

 

 

 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de General Lavalle, en Sesión Extraordinaria del día 12 de febrero de 2021. Firman Nahuel Guardia, Presidente; Olga Ortiz, Secretaria.

 

OLGA BEATRIZ ORTIZ                             NAHUEL ALFREDO GUARDIA

SECRETARIA HCD                                 PRESIDENTE HCD