Boletines/Salto

Decreto Nº0817/2019

Decreto Nº 0817/2019

Salto, 20/05/2019

Visto

el Expediente Nº4099-34493/18 por el cual tramita la solicitud del Consejo Escolar de Salto para la utilización de los recursos percibidos por el Municipio en concepto de Fondo para la Educación, la Cultura, las Artes, la Ciencia y la Técnica con destino a la contratación de las obras para la construcción del cielorraso en la Escuela de Educación Primaria Nº9 de la localidad de Tacuarí, Ptdo. de Salto; y

Considerando

Que, la imposibilidad de concretar la obra de referencia en el Presupuesto 2018, se debió al exceso en el monto de inversión en Infraestructura Escolar proyectado para ese periodo;

Que, de acuerdo con la actualización del Cómputo y Presupuesto Oficial realizado por la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar, la Dirección de Educación adjunta la documentación correspondiente e informa que el presupuesto actualizado asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO con 61/100 ($108.318,61);

Que, mediante una nueva presentación realizada por la Dirección de Educación, la misma adjunta una nueva actualización del  Presupuesto Oficial realizado por la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar, el que asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO con 46/100 ($129.724,46);

Que, se ha dado debida intervención a las áreas contables, las que se han expedido favorablemente respecto de la ejecución del gasto en cuestión;

Que la Dirección de Compras informa que en virtud que el monto aproximado para la contratación de las obras para la construcción del cielorraso de la Escuela de Educación Primaria Nº9 de la localidad de Tacuarí, Ptdo. de Salto, asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO con 46/100 ($129.724,46), podría realizarse contratación directa conforme lo dispuesto por el artículo 151º y modificatorios de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que, a posteriori, la Jefatura de Compras adjunta dos presupuestos de firmas del ramo, a saber: ATENCIO CONSTRUCCIONES  presupuestó la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL ($13.000.-) y la firma LUROJO S.A. presupuestó la suma de PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO con 14/100 ($119.995,14) para la ejecución de la obra de referencia, resultando el más conveniente a los intereses de esta Municipalidad, el presentado por la firma LUROJO S.A.;

Que, atento los motivos expuestos y el presupuesto obrante a fs. 32/33 este Departamento Ejecutivo libra el presente acto a los fines de disponer la contratación directa que permita concretar el objetivo propuesto;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALTO, en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección de Compras a contratar en forma directa a la firma LUROJO S.A., con domicilio en calle Estrada Nº627, Escobar, Pcia. de Buenos Aires por hasta la suma de PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO con 14/100 ($119.995,14) para la ejecución de la obra: “Construcción de cielorraso en la Escuela de Educación Primaria Nº9 de la localidad de Tacuarí, Ptdo. de Salto”, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 151º y modificatorios de la Ley Orgánica de las Municipalidades y con las constancias obrantes en el Expediente Nº4099-34493/18; quedando la Dirección de Contaduría facultada a librar las correspondientes Órdenes de Pago.-

ARTICULO 2º: Imputar la erogación autorizada en el artículo precedente a la Jurisdicción: 1110107000 Secretaría de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos; Programa: 62 – Fondo Educativo Ley Nº26.075; Actividad de programa: 19. Obra E.P. Nº9; Inciso 3. Servicios no personales, Partida principal: 3. Mantenimiento, reparación y limpieza, Partida parcial: 1. Mantenimiento y reparación de edificios; Partida subparcial: 0; Fuente de financiamiento: 132 – De origen provincial; Rubro de recursos: 11.9.03.00 Fondo financiamiento educativo; del Presupuesto en vigencia.-

 

ARTICULO 3º: Comunicar a quien corresponda. Dar al Registro Oficial de Resoluciones y Decretos. Cumplido, archivar.-