Boletines/Chascomús

Decreto Nº943/17

Decreto Nº 943/17

Chascomús, 17/10/2017

LIQUIDACION DOCENTE

Visto

La Comunicación Nº 196, de fecha 27 de Septiembre de 2017, de la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada de Buenos Aires; y

Considerando

Que a través de la Comunicación Nº 196 se informan las pautas para la liquidación de las planillas de sueldo a percibir desde Septiembre de 2017 otorgado al personal docente Provincial;

Que según Ordenanza 3437/04 el Departamento Ejecutivo debe fijar los valores que corresponda percibir a los docentes municipales;

Que resulta necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO  1º.- Fíjese en PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($4.779) el sueldo básico del Preceptor, correspondiente al índice escalafonario 1.-

ARTICULO 2º.- Establézcase en PESOS DOS MIL SEISCIENTOS TRES  ($2.603) la Bonificación Remunerativa no Bonificable (código 455) del art 3º del Decreto Nº 1712716.-

ARTICULO 3º.- Establézcase en PESOS MIL CUATROCIENTOS SIETE  ($1.407) la Bonificación Remunerativa para los cargos con índice 1.1 (código 438) del Decreto Nº 1712/16 art. 4º.-

ARTICULO 4º.- Establézcase en PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS  ($372) la Bonificación Remunerativa no Bonificable por índice escalafonario (código 456) para los Directores y Vicedirectores que presten funciones en Establecimientos Educativos determinada en el art. 7º del Decreto Nº 1230/14.-

ARTICULO 5º.- Establézcase en PESOS DOSCIENTOS VEINTICUATRO  ($224) la Bonificación Remunerativa por índice escalafonario (código 668) que perciben los Secretarios y Prosecretarios (art. 8º del Decreto Nº 1230/14).-

ARTICULO 6º.- Establézcanse los montos, tramos y topes de remuneraciones y haberes para las prestaciones del régimen de asignaciones familiares.

 

Remuneración (R)

Por hijo

          200 ≤ R ≤ 18000  →  $1159

18000,01 ≤ R ≤ 26400  →  $  779

26400,01 ≤ R ≤ 30480  →  $  468

30480,01 ≤ R ≤ 73608  →  $  239

Por hijo con discapacidad

                     R ≤ 18000  →  $3780

18000,01 ≤ R ≤ 26400  →  $2672

26400,01 ≤ R                 →  $1685

ARTICULO 7º.- Adjúntese al presente la Comunicación Nº 196, de fecha 27 de Marzo de 2017, de la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada de Buenos Aires; que pasará a conformar el Anexo I y las grillas salariales elaboradas por la Dirección de Liquidaciones y Administración de Personal de la Municipalidad de Chascomús, que pasará a conformar el Anexo II.-

ARTICULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de los artículos  precedentes, impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-

ARTICULO 9º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Liquidaciones, Escuela Primaria N° 1 “Juan Galo de Lavalle”, Escuela Primaria N° 2 “Hipólito Bouchard”, Escuela Primaria N° 3 “Federico W. Gándara”, Escuela Secundaria “Juan Galo de Lavalle”, Jardín Maternal y de infantes “Clarisa Amezaga”, IPS y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 10º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Hacienda Y LA Señora Secretaria de Desarrollo Social.-

ARTICULO 11º.- Cúmplase,  publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-