Boletines/Chascomús
Decreto Nº 943/17
Chascomús, 17/10/2017
LIQUIDACION DOCENTE
Visto
La Comunicación Nº 196, de fecha 27 de Septiembre de 2017, de la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada de Buenos Aires; y
Considerando
Que a través de la Comunicación Nº 196 se informan las pautas para la liquidación de las planillas de sueldo a percibir desde Septiembre de 2017 otorgado al personal docente Provincial;
Que según Ordenanza 3437/04 el Departamento Ejecutivo debe fijar los valores que corresponda percibir a los docentes municipales;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Fíjese en PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($4.779) el sueldo básico del Preceptor, correspondiente al índice escalafonario 1.-
ARTICULO 2º.- Establézcase en PESOS DOS MIL SEISCIENTOS TRES ($2.603) la Bonificación Remunerativa no Bonificable (código 455) del art 3º del Decreto Nº 1712716.-
ARTICULO 3º.- Establézcase en PESOS MIL CUATROCIENTOS SIETE ($1.407) la Bonificación Remunerativa para los cargos con índice 1.1 (código 438) del Decreto Nº 1712/16 art. 4º.-
ARTICULO 4º.- Establézcase en PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS ($372) la Bonificación Remunerativa no Bonificable por índice escalafonario (código 456) para los Directores y Vicedirectores que presten funciones en Establecimientos Educativos determinada en el art. 7º del Decreto Nº 1230/14.-
ARTICULO 5º.- Establézcase en PESOS DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($224) la Bonificación Remunerativa por índice escalafonario (código 668) que perciben los Secretarios y Prosecretarios (art. 8º del Decreto Nº 1230/14).-
ARTICULO 6º.- Establézcanse los montos, tramos y topes de remuneraciones y haberes para las prestaciones del régimen de asignaciones familiares.
Remuneración (R)
Por hijo |
200 ≤ R ≤ 18000 → $1159 18000,01 ≤ R ≤ 26400 → $ 779 26400,01 ≤ R ≤ 30480 → $ 468 30480,01 ≤ R ≤ 73608 → $ 239 |
Por hijo con discapacidad |
R ≤ 18000 → $3780 18000,01 ≤ R ≤ 26400 → $2672 26400,01 ≤ R → $1685 |
ARTICULO 7º.- Adjúntese al presente la Comunicación Nº 196, de fecha 27 de Marzo de 2017, de la Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada de Buenos Aires; que pasará a conformar el Anexo I y las grillas salariales elaboradas por la Dirección de Liquidaciones y Administración de Personal de la Municipalidad de Chascomús, que pasará a conformar el Anexo II.-
ARTICULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de los artículos precedentes, impútese a la partida presupuestaria que corresponda.-
ARTICULO 9º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Liquidaciones, Escuela Primaria N° 1 “Juan Galo de Lavalle”, Escuela Primaria N° 2 “Hipólito Bouchard”, Escuela Primaria N° 3 “Federico W. Gándara”, Escuela Secundaria “Juan Galo de Lavalle”, Jardín Maternal y de infantes “Clarisa Amezaga”, IPS y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 10º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el Señor Secretario de Hacienda Y LA Señora Secretaria de Desarrollo Social.-
ARTICULO 11º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-