Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1361/20
Publicado en versión extractada
General Villegas, 12/11/2020
VISTO:
El Expediente N° 8974/20, iniciado por el Director de Servicios Urbanos, informando que el agente Braian Emmanuel Lemos, LP 5197, no se presentó a trabajar los días 15, 17, 21 y 25 de septiembre y el día 6 de octubre del corriente año, sin justificar su ausencia; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento de Personal informa que el agente pertenece a la planta transitoria, no posee sanciones disciplinarias, pero si un sinnúmero de inasistencias injustificadas.
Que es importante destacar que, sin contar los cinco días detallados, el agente en el transcurso de 4 meses no concurrió a trabajar como así tampoco justifico sus inasistencias por espacio de 17 días. Ahora bien y sumando los días informados a fojas 1, hace un total de inasistencias injustificadas de 22 días desde el mes de junio al mes de octubre del año 2020. El agente excede ampliamente los 15 días de inasistencias injustificadas en el lapso de los últimos 12 meses anteriores, conforme lo establece el artículo 69 inciso h) de la Ordenanza 5647.
Que consecuentemente su conducta trasgrede los principios de eficiencia, eficacia, trabajo en equipo, productividad laboral, todo ello en franco detrimento de los intereses municipales. El cumulo de incumplimientos acredita la inobservancia de la obligación principal de todo agente, prestar servicios conforme las modalidades acordadas ad initio de la relación de empleo.
Que la Ordenanza Nº 5647/16 “Régimen de empleo público para el personal de la Municipalidad de General Villegas”, en su artículo 104 faculta a disponer la baja del personal transitorio sin sustanciación de sumario administrativo previo, cuando razones de servicio así lo aconsejen.
Que los cargos no son creados en función de los agentes, sino que tienen por finalidad principal y esencial la prestación de servicios y funciones a cargo de la administración municipal.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, interviene a fojas10.
Que el día 2 de noviembre, la Jefa de Personal deja constancia que el agente presento carpeta médica desde el día 27 de octubre y hasta el 27 de noviembre del corriente año.
Que conforme lo dispuesto por el artículo 103 inciso d) de la Ordenanza Nº 5647/16 y en ejercicio de las facultades y atribuciones previstas por los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de baja al agente BRAIAN EMMANUEL LEMOS, Legajo Personal Nº5197, 11 módulos, 30 horas semanales, agente transitorio jornalizado, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 43.00.00, a partir del día 28 de Noviembre 2020, conforme lo establece el artículo 103 inciso d) de la Ordenanza Nº 5647, por poseer un sinnúmero de antecedentes de faltas injustificadas superando ampliamente los días establecidos en el artículo 69 inciso h), incumpliendo en reiteradas oportunidades con las obligaciones estipuladas en el artículo 65 inciso a) siguientes y concordantes de dicha Ordenanza y por encontrarse con carpeta médica vigente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos a descontar el día de inasistencia injustificada en que incurrió al agente BRAIAN EMMANUEL LEMOS, Legajo Personal Nº5197.
ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese lo dispuesto precedentemente en legal tiempo y forma.
ARTICULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Servicios Urbanos, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.