Boletines/Las Flores
Decreto Nº 2316/2020
Publicado en versión extractada
Las Flores, 12/11/2020
LAS FLORES, 12 de Noviembre de 2020.-
VISTO:
El expediente 4063-3231/2020, iniciado por la Secretaria de Cultura;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 644/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se creó el “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” destinado exclusivamente a prestar asistencia financiera para la reactivación de las actividades culturales y turísticas afectadas por el COVID-19, a través de los municipios en cuya jurisdicción se desarrollen tales actividades;
Que, los aportes que reciban los municipios a través de este Fondo Especial tendrán el carácter de no reintegrables, siendo el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica el encargado de establecer los requisitos, procedimiento y modalidades para su otorgamiento. El mismo Ministerio, además, determinará el monto a distribuir a cada Municipio;
Que por Resolución Nº 580/2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires se aprobó la adhesión al “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” determinándose los montos de distribución;
Que, mediante Resolución Conjunta N° 1/2020 (RESOC-2020-1-GDEBA-MPCEITGP) se aprobó la reglamentación del Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística, estableciéndose que el principal objetivo del fondo es contribuir financieramente con las autoridades culturales y turísticas más afectadas por el COVID-19, resultando los Municipios los beneficiarios directos y los establecimientos y espacios turísticos-culturales los beneficiarios indirectos;
Que, de acuerdo con lo informado por la Secretaría de Economía y Finanzas en el presente expediente, la Municipalidad de Las Flores recibió la suma de $ 1.186.462,00.-, importe que se encuentra en condiciones de ser distribuido entre los beneficiarios indirectos;
Que, la Secretaría de Cultura en conjunto con la Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable agregaron, a fs. 2/4 del presente expediente administrativo, el listado de los beneficiarios indirectos de dicho Fondo, que comprende aquellos establecimientos culturales y turísticos tanto públicos como privados inscriptos hasta el 7 de setiembre de 2020 en el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires”;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del ANEXO I de la RESOC-2020-1-GDEBA-MPCEITGP, los fondos que reciban deberán ser afectados por los beneficiarios indirectos a: Gastos para el acondicionamiento de los locales y espacios a los requisitos establecidos en los protocolos sanitarios correspondientes a las actividades turísticas y culturales y/o Gastos asociados a la reapertura de las actividades tales como compra de insumos, materiales, equipamiento, mantenimiento de los locales, etc,;
Que, en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo destinado a establecer la selección de los beneficiarios indirectos y la distribución de los fondos recibidos entre esos beneficiarios indirectos, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del ANEXO I de la RESOC-2020-1-GDEBA-MPCEITGP;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A:
Art. 1°.- Ordénase la distribución del monto recibido por la Municipalidad de Las Flores en concepto de “Fondo Especial ======= Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”, en los términos del artículo 7 del ANEXO I de la RESOC-2020-1-GDEBA-MPCEITGP.-
Art. 2º.- Dispóngase que la distribución de los fondos asignados se efectuará entre los beneficiarios indirectos del “Fondo Especial =======Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” inscriptos, al día 7 de Septiembre de 2020, en el Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia de Buenos Aires, informados a fojas 2/4 del expediente administrativo 4063-3231/2020 por la Secretaría de Cultura y la Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable, por los montos que para cada uno de ellos seguidamente se indican:
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TIPO AGENTE CULTURAL |
RAZON SOCIAL |
RECIBE / CUIT / CUIL |
IMPORTE |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
SALA HUGO IANIVELLI |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
TEATRO ESPAÑOL |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
BIBLIOTECA PABLO MINELONO |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
BIBLIOTECA 25 DE MAYO |
BIBLIOTECA POPULAR 25 DE MAYO 30665759241 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
MUSEO CIENCIAS NATURALES |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
MUSEO HISTORICO |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES ESTATALES |
MUSEO BIOY CASARES |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES NO ESTATALES |
CLUB UNION PARDO |
Club de foot ball social y recreativo union deportiva (Asoc. Civil) 30716695642 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES NO ESTATALES |
CLUB AVELLANEDA |
Club Atletico Avellaneda de Las Flores Asociación Civil 30716846551 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES NO ESTATALES |
CLUB ATLETICO |
CLUB ATLETICO LAS FLORES 33645879789 |
$40.000 |
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INSTITUCIONES NO ESTATALES |
ASOC. DANTE ALIGHIERI |
ASOC DANTE ALIGHIERI 30665758326 |
$40.000 |
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ESPACIOS CULTURALES |
TEATRO DEL BORDE |
Hernán Hector Verteramo 20242227442 |
$40.000 |
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ESPACIOS CULTURALES |
MAPA ESPACIO DE ARTE |
ASOCIACION CIVIL CAMINOS DEL MAPA 33715940669 |
$40.000 |
|
ESPACIOS CULTURALES |
EL MALACARA (SIN HAB. MUNIC) |
MARIA JULIA ELGUE 27238293028 |
$40.000 |
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ESPACIOS CULTURALES |
LA TACUARA |
CENTRO TRADICIONALISTA LA TACUARA 30709215333 |
$40.000 |
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ESPACIOS CULTURALES |
Espacio Social y Cultural Leopoldo Marechal (SIN HAB. MUNIC) |
LEONARDO CUESTA |
$40.000 |
|
ESPACIOS CULTURALES |
CENTRO JUBILADOS y PENSIONADOS LAS FLORES |
CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LAS FLORES 33665737689 |
$40.000 |
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AGENTES |
FM ALPHA |
ERNESTO CESAR VARELA 20161171450 |
$20.923 |
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AGENTES |
ESTUDIO MA RECORDS (SIN HAB. MUNIC) |
MAXIMILIANO AGUIRRE 20295495120 |
$20.923 |
|
AGENTES |
PEÑA DE LOS PARAJES |
JIMENA PELLEJERO |
$20.923 |
|
AGENTES |
FUSZE DISEÑO (SIN HAB. MUNIC) |
JORGE NICOLAS MELO 20246103349 |
$20.923 |
|
AGENTES |
ESTUDIO FOTOGRAFICO DUBOR |
EDUARDO DUBOR 20116102820 |
$20.923 |
|
AGENTES |
ESTUDIO TALLER ETCHEVERRIA (SIN HAB. MUNIC) |
Etcheverry Damiana Micaela 27330446523 |
$20.923 |
|
AGENTES |
ESTUDIO TALLER UNIVERSO PARALELO (SIN HAB. MUNIC) |
PALOMA AGUILAR 27367944205 |
$20.923 |
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TURISMO RURAL |
PARDO AUTENTICO |
Pablo Esteban Rodríguez |
$30.000 |
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TURISMO GASTRONOMICO |
CERVEZA BLOOMSTERNE |
FRANCISCO MUNICOY 20367943808 |
$30.000 |
|
TURISMO GASTRONOMICO |
EL TANO |
AQUINO SANCHEZ 20296439135 |
$20.000 |
|
TURISMO GASTRONOMICO |
EL MAGO DEL SABOR |
RAUL OSCAR PEREZ 20215024076 |
$20.000 |
|
TURISMO GASTRONOMICO |
RESTO LAS VIAS |
VIRGINIA LUCCIANI 27137247092 |
$20.000 |
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TURISMO DE INCENTIVOS |
LAS PALMERAS |
VICTORIA CAMPOS 27304509193 |
$20.000 |
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SALONES PARA EVENTOS |
LA PASTORA |
CRISTIAN SERVIAN 20268209884 |
$30.000 |
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SALONES PARA EVENTOS |
LAS TEJAS |
SONIA BERTHOLET 23331975974 |
$20.000 |
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SERVICIO DE ALOJAMIENTO |
CABAÑAS AIRES CAMPESTRES |
GUILLERMO SURIANO 20317443707 |
$30.000 |
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SERVICIO DE ALOJAMIENTO |
FINCA ESCONDIDA |
FABIANA COPPOLA 27182025165 |
$30.000 |
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SERVICIO DE ALOJAMIENTO |
CAMPING MUNICIPAL |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
$110.000 |
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SERVICIO DE ALOJAMIENTO |
CAMPING MUNICIPAL EL GUALICHU |
MUNICIPALIDAD DE LAS FLORES 30999033837 |
Art. 3º:- La erogación que resulte de lo dispuesto en el artículo anterior tendrá las siguientes imputaciones:
======Jurisdicción 1110114000, “Secretaria de Cultura”, Programa 35 “Promoción y Desarrollo Cultural”: 5.1.7.0 “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro”; 5.1.8.0 “Asistencia a pequeños productores”.
Jurisdicción 1110119000 “Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable”; Programa 16 “Subsecretaría de Comercio, Industria y Asuntos Agrarios”; Programa 17 “Turismo”: 5.1.7.0 “Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro”; 5.1.8.0 “Asistencia a pequeños productores”.-
Art. 4°.- El presente Decreto será firmado por la Sra. Secretaria de Cultura y el Sr. Secretario de Desarrollo Productivo y ========Sustentable.-
Art 5°.- Cúmplase, comuníquese a los interesados, tome nota Contaduría, Secretaría de Cultura, Secretaría de Desarrollo =======Productivo y Sustentable y dese al R.O. de Decretos del M.-
Lic. CRISTIAN CHIODINI ENRIQUETA MONTORFANO
Secretario de Desarrollo Productivo Secretaria de Cultura
y Sustentable
Ing. ALBERTO C. GELENÉ
Intendente Municipal
DECRETO Nº 2316.-