Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 134
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 20/01/2021
Visto la Resolución 4-2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires por la cual se aprueba la reglamentación de la Segunda Edición del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” creado con el objetivo de contribuir financieramente a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires en los gastos necesarios para brindar apoyo a las actividades culturales y turísticas más afectadas por el COVID.
Que por Resolución 745-2020 del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires se aprueba la adhesión de la Segunda Edición del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” y se determinan los montos de distribución para cada Municipios de la Provincia de Buenos Aires
Que según Anexo I y II de la mencionada Resolución al Municipio de Bahía Blanca se le ha asignado un importe de $ 6.532.844 con el objeto de prestar asistencia financiera para la reactivación de las actividades culturales y turísticas afectadas por el COVID-19 y que posteriormente se debe rendir de acuerdo al art 4 del Decreto 644/20.
Que, atento a lo establecido en el Art.119º último Párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Art. 24º del D.R. 2980/2000 el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones y creaciones de partidas que se financien con recursos afectados;
Que en el Art. 75º del Reglamento de Contabilidad autoriza al Departamento Ejecutivo, como norma de excepción, a introducir modificaciones en el presupuesto de gastos, cuando se trate de partidas de créditos constituidos con recursos afectados.
En virtud de ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
DECRETA
ARTÍCULO 1º)- Créase en el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2021 el rubro que se detalla a continuación, por un importe total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($6.532.844.-):
RECURSOS AFECTADOS
Fuente de Financiamiento 132 Jurisdicción 1110108000 Instituto Cultural
17.5.01.55 R.A (132) Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística $6.532.844.-
ARTÍCULO 2º)- Créase en el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2021 las Partidas que se detallan a continuación, por un importe total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO – ($6.532.844.-):
RECURSOS AFECTADOS
Fuente de Financiamiento 132 Jurisdicción 1110108000 Instituto Cultural.
Categoría Programática 01.19.00 R.A. (132) Fondo Especial Municipal para la reactivación Cultural y Turística
5.1.4.0 | Ayudas sociales a personas | 3.600.000,00 |
5.1.7.0 | Transferencia a otras inst. culturales soc. sin fines de lucro | 980.000,00 |
5.1.9.0 | Transferencia a empresas privadas | 653.000,00 |
2.2.3.0 | Confecciones textiles | 30.000,00 |
2.5.8.0 | Productos de material plástico | 200.000,00 |
2.9.5.0 | Útiles menores médicos, quir. y lab. | 80.000,00 |
2.9.9.0 | Otros bienes de consumo | 49.844,00 |
3.3.1.0 | Mantenimiento, reparación y limpieza | 100.000,00 |
3.3.2.0 | Mantenimiento y reparación de vehículos | 70.000,00 |
3.5.1.0 | Transporte | 60.000,00 |
3.3.5.0 | Mantenimiento de espacios verdes | 150.000,00 |
3.9.9.0 | Otros servicios | 80.000,00 |
4.3.3.0 | Equipo sanitario y de laboratorio | 40.000,00 |
4.3.6.0 | Equipo para computación | 250.000,00 |
4.3.7.0 | Equipo de oficina y muebles | 90,000.00 |
4.3.8.0 | Herramientas y repuestos mayores | 50,000.00 |
4.8.1.0 | Programas de computación | 50,000.00 |
6.532.844,00 |
ARTÍCULO 3º)- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el
Artículo 2º serán tomados del Capítulo establecido en el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 4º)- Encomendar al Instituto cultural a realizar las correspondientes
rendiciones ante las autoridades pertinentes. -
ARTÍCULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O, tome nota Subdirección de Presupuesto y
Planificación, Contaduría General, Departamento Tesorería y demás dependencias
municipales que correspondan.-