Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº20206

Ordenanza Nº 20206

Bahia Blanca, 11/01/2021

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza por el cual se establecerá como Adjudicataria del Carrito nro. 4 del Parque de Mayo, ubicado en el inmueble identificado catastralmente como Manzana 100 j, Parcelas 2 y 3, a la única oferente presentada señora Magdalena Bermúdez, D.N.I.: 31.884.324, CUIT 23-31884324-4, todo ello de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones del proceso licitatorio que tramita a través del expediente 110-7764-1990-1; y

 

CONSIDERANDO

 

Que ha sido intención de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos del Municipio de Bahía Blanca propiciar el uso de los espacios públicos de la ciudad, así como también incentivar la creación de nuevos con el fin de generar novedosas áreas para los vecinos.

 

Que a través de esa Secretaría, se decidió encarar un proceso general de reformulación de las áreas del Parque de Mayo, poniendo en valor al mismo, e incluyendo dentro de ese proyecto el llamado a licitación para las históricas cantinas del Parque.

 

Que dicho proceso licitatorio tuvo como fecha límite de presentación de las ofertas para las cantinas Nro. 4 y 5, ubicadas en cercanías al playón de estacionamiento – el día 9 de noviembre de 2020. Posteriormente, en fecha 16 de noviembre del corriente, se realizó la apertura de los sobres nro. 1 (antecedentes de admisión) de cada uno de los oferentes. No habiéndose realizado ningún tipo de impugnaciones ni observaciones a las presentaciones efectuadas por los oferentes, en fecha 24 de noviembre de 2020, se procedió a dar apertura a los Sobres Nro. 2 (propuesta de negocios) de las ofertas realizadas.

 

Allí, se pudo constatar, que para la cantina Nro. 4, ubicada en el inmueble identificado catastralmente como Manzana 100 j, Parcelas 2 y 3 (cantina pintada de color rojo, en proximidad a la cantina cuyo cartel dice “Ayuda-Le”), la única oferente presentada fue la de la señora Magdalena Bermúdez, D.N.I. 31.884.324, CUIT 23-31884324-4, titular del comercio gastronómica denominado “Casamonte”. Por ello, reunida la Comisión de evaluación y pre ajudicación de las ofertas de la Licitación ut supra mencionada, conformada según Ordenanza 20.071 por el Director Adjunto de Planificación Urbana Arq. Arrigo Reale, el Director de Espacios Públicos Ing. Forestal Pablo Bianco, el Asesor Letrado de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, Dr. German A.Baratelli, y los representantes del Honorable Concejo Deliberante los concejales Gustavo Mandará por el bloque opositor mayoritario y la Dra. María Laura Biondini por el bloque oficialista mayoritario, se decidió analizar la propuesta de negocio presentada, siendo del agrado de todos los integrantes de la comisión adjudicarle mediante la votación en forma unánime de todos sus miembros, la cantina mencionada a la Oferente Magdalena Bermúdez .

 

En virtud de todo lo anteriormente mencionado, y siendo que conforme lo estipula el Pliego de Bases y Condiciones en el punto 15, cuando textualmente reza que: “ Una vez dictada la adjudicación, en caso de haberse presentado una oferta única, el Departamento Ejecutivo remitirá de inmediato el expediente por el que tramite el procedimiento licitatorio al Concejo Deliberante, en los términos del art. 155 de la LOM”.


Por todo lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Apruébase el dictamen emitido por la Comisión de evaluación y pre adjudicación de las ofertas de la Licitación para la explotación de los Carritos del Parque de Mayo, en fecha 30 de noviembre de 2020, donde se adjudica a la oferente señora Magdalena Bemúdez, D.N.I. 31.884.324, CUIT 23-31884324-4 la Cantina Nro. 4 ubicada en el inmueble identificado catastralmente como Manzana 100 j, Parcelas 2 y 3.

 

Artículo 2º – Autorízase al D.Ejecutivo a firmar el contrato de concesión con la adjudicataria señora Magdalena Bermúdez, D.N.I. 31.884.324, CUIT 23-31884324-4, con el objeto llevar a cabo la explotación de la Cantina Nro. 4, ubicada en el inmueble identificado catastralmente como Manzana 100 j, Parcelas 2 y 3 (cantina pintada de color rojo, en proximidad a la cantina cuyo cartel dice “Ayuda – Le”).

 

Artículo 3º – Comuníquese al D.Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESION EXTRAORDINARIA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE