Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº20208

Ordenanza Nº 20208

Bahia Blanca, 08/01/2021

Visto:

 

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 25, referido a la contratación mediante el llamado a una Licitación Pública, del Seguro de Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades del Personal Municipal, en cumplimiento de lo normado por la Ley nº 24.557 de Riesgos del Trabajo.

 

Y considerando:

 

Lo dispuesto en el artículo 273, primera parte, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que expresa: “El Departamento Deliberativo podrá autorizar planes de obras públicas, compras de elementos mecánicos para servicios pùblicos y otras contrataciones, comprometiendo fondos de más de un ejercicio. En tales casos, el Departamento Ejecutivo deberá formular anualmente las pertinentes reservas de crédito en los presupuestos”.

 

Que de lo informado por el Departamento Compras a fojas 24 surge que, la presente contratación se extiende por un lapso de 36 meses a partir de la registración de la correspondiente Orden de Compra, por lo que correspondía requerir la autorización de este H. Concejo Deliberante a fin de que se autorice el compromiso de gasto para ejercicios futuros.


Por lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a comprometer fondos de ejercicios futuros, para la contratación de Seguro de Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades del Personal Municipal, en cumplimiento de lo normado por la Ley nº 24.557 de Riesgos del Trabajo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

 

Artículo 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA, A LOS SIETE DÌAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO.