Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1703
Chivilcoy, 07/11/2017
Incompetencia
Visto
, la necesidad de contar esta Comuna con personal disponible para llevar a cabo la tarea de poda de árboles de esta ciudad, y
Considerando
, que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos no cuenta con el número necesario de personas capacitadas y con herramientas necesarias que puedan realizar las tareas de poda de árboles de esta ciudad , lo cual hace a una imposibilidad física en el ejercicio de dichas tareas. Resulta conveniente y oportuno la contratación de un profesional fuera de la estructura administrativa, y
Que se hace expreso reconocimiento del informe de la Secretaria Técnica que se declara incompetente conforme reza el artículo 148 segundo párrafo Ley Orgánica de las Municipalidades
Que estas contrataciones cuentan en la partida en el presupuesto de gastos
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones;
D E C R E T A:
Artículo 1º: Dispónese la contratación para cubrir las necesidades que se indican en los considerandos del presente y que forman parte del presente.
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.-