Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1382
Chivilcoy, 02/10/2017
Medicos Comunitarios
Visto
el convenio firmado por el Ministerio de Salud de la Nación, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Chivilcoy en el marco del programa de Equipos Comunitarios- Cobertura Universal de Salud,y
Considerando
Considerando que dicho convenio tiene por objeto asegurar, en el Marco de la Cobertura Universal de Salud (Decreto Nº 908/16 y Resolución del Ministerio de Salud de la Nación Nº 475/16), el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención a través de los equipos de Comunitarios financiados por el Ministerio y capacitados por Universidades y/o el Ministerio y/o la Provincia mediante la realización de capacitaciones en Salud Social y Comunitaria y en Atención primaria de la Salud y Fortalecimiento del Primer Nivel de Atención,y
Que, de acuerdo a lo expuesto en el cuerpo de dicho convenio, se regulan a través del mismo las obligaciones y derechos de las partes,
Que en su Anexo Nº 1, se detalla el monto de las becas,y
Que en su Anexo Nº ll, cada integrante de la nómina deberá manifestaren carácter de Declaración Jurada, la distribución su carga horaria y modalidad de Prestación,y
Que en su Anexo lll, se detallan las causales de baja y/o Apercibimiento, y
Que en su anexo lV, se detalla el listado de Equipos de Comunitarios, donde consta carga horaria (Modalidad 1 o 2), y monto del contrato.
Que en su Anexo v, se detalla:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones:
D E C R E T A:
Artículo 1°: Incorpórese a planta temporaria a la nómina que se detalla en el anexo Nº lV, según el convenio firmado por el Ministerio de Salud de la Nación, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Chivilcoy en el marco del programa de Equipos Comunitarios- Cobertura Universal de Salud, en el Marco de la Cobertura Universal de Salud (Decreto Nº 908/16 y Resolución del Ministerio de Salud de la Nación Nº 475/16), a partir del día 01 de Octubre del corriente hasta el 30 de Septiembre de 2018
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O; archívese.-
medicos Comunitarios Listado
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