Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº820

Decreto Nº 820

Chivilcoy, 28/06/2017

Apertura Registro de Oposicion 

Visto

el Expediente Administrativo N° 4031-182569/17 , mediante el cual el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Chivilcoy solicita la apertura de Registro de Oposición de acuerdo al expediente del rubro N° 4031-182569/17  “Construcción de Miocroaglomerado en frio en 27 cuadras de la ciudad de Chivilcoy” ,Y                                    

Considerando

      que conforme se establece previo a la declaración de utilidad pública y pago obligatorio, corresponde efectuar su apertura.-

       

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones;

 

D E C R E T A:

Artículo 1º: Procédase a la Apertura del Registro de Oposición “Construcción de microaglomerado en frio en 27 cuadras de la ciudad de Chivilcoy” en las calles que a continuación se detallan, según datos obrantes en Expediente N° 4031-182569/17 a partir del día 3 de julio  de 2017 y por el termino de diez  (10) días hábiles;

-Benítez (28) entre Hijas de la Misericordia y Avda. Echeverría (8 cuadras).

-Necochea, Lamadrid, Saavedra, Rodríguez Peña y Biedma entre Palemón Huergo (30) y Benítez (28) (5 cuadras).

-Alberdi entre Palemón Huergo (30) y Henry Bell (24) (3 cuadras).

Olavarría, Paso de la patria, Salta y Yapeyú entre Antártida Argentina y Diego Rossitto (23) (4 cuadras).

Diego Rossitto (23) entre el M. Argentino y Avda. Urquiza (6 cuadras).

Luis Mohr entre Diego Rossitto (23) y 11 de Septiembre (21) (1 cuadra).

 

Artículo 2°: Aquellos   frentistas  que  no  deseen  la   ejecución   de   la                                        obra deberán presentar en Mesa de Entradas de la Municipalidad, nota debidamente fundamentada, con las razones que justifiquen la oposición. En los casos en que la oposición, computados los metros de frente correspondientes supere el treinta por ciento (30%) del total, la obra no se realizará.-

 

 

Artículo 3º: El costo estimado, para la  realización  de  la  obra de referencia, por metro lineal de frente computable para las calles proyectadas, es de      $ 1.000,00.- por metro lineal, hasta un máximo de 20 metros de frente.-

 

Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, - dése al R.O., archívese.-