Boletines/General Lavalle
Decreto Nº 161/2021
General Lavalle, 11/02/2021
Visto
La Ordenanza Complementaria del Presupuesto vigente para el año 2021; y
Considerando
Que con fecha 18 de diciembre de 2020 se dictó la Ordenanza 2375, Complementaria del Presupuesto vigente para el presente año, estableciendo en dicho cuerpo legal el valor del módulo en $287;
Que, en el Articulo 24 de la mencionada Ordenanza se contempla la adecuación de la pauta salarial, teniendo en cuenta los parámetros de evaluación de ingresos por coparticipación y aumentos salariales en otras escalas del gobierno, ello para los meses de Marzo y Agosto, habiendo evaluado éste Departamento Ejecutivo que resulta oportuno y acorde con la realidad económica actual efectuar dicha adecuación e incremento salarial en el mes en curso;
Que, resulta pertinente, tal lo anunciado, efectuar un aumento en la cantidad de módulos que posee cada una de las categorías que integran el organigrama de la Planta Permanente del Municipio, con excepción de la categoría inicial (AUXILIAR INICIAL), que fuera tomada como base de cálculo para los sueldos de la Planta Política .
Que, respecto del personal temporario, resulta de aplicación el artículo 21de la Ordenanza Complementaria que establece la base del cálculo para la remuneración de dicha Planta Municipal, conforme art. 111 de la Ley 14656, en cuanto dispone que la remuneración del personal temporario, tanto mensualizado como jornalizado, será equivalente al sueldo del empleado municipal de la categoría AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES, CATEGORIA 2
Que tal como lo dispone el Honorable Tribunal de Cuentas (25/06/2007, Expediente 4075-444/07, Municipalidad de MERCEDES) “En virtud de este marco normativo, se arriba a la conclusión de que es facultad del Intendente todo aumento salarial que se otorgue, como así también cualquier mejora en las bonificaciones para el personal comprendido dentro del Estatuto, incluyendo tanto al Departamento Ejecutivo como al Deliberativo. Sin perjuicio de ello, se debe aclarar que debe contarse con una partida presupuestaria que permita la imputación del egreso que origina dicho incremento salarial, la que requiere autorización por parte del H. Concejo Deliberante a través de la sanción de la ordenanza correspondiente”.
Que, corresponde de tal forma efectuar el incremento en la cantidad de módulos de cada categoría de la Planta Permanente Municipal a efectos percibir el aumento contemplado en la ordenanza oportunamente aprobada, realizándose las adecuaciones presupuestarias pertinentes;
Que, corresponde el dictado del acto administrativo correspondiente, siendo el mismo de carácter urgente para permitir su liquidación en tiempo y forma para que éste se vea reflejado en la liquidación de haberes del presente mes de Febrero, dictándose ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, y refrendado por la Sra. Jefe de Gabinete.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Modifíquese a partir del mes de Febrero de 2.021, la cantidad de MODULOS fijado para cada categoría de la Planta Permanente de la Municipalidad de General Lavalle, quedando cada una de ellas con los módulos asignados conforme el detalle que se adjunta como Anexo I, y que forma parte integral de la presente.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º.- El presente se dicta ad referéndum del H.C.D.
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, Notifíquese a quien corresponda y dese al Registro Municipal.-
TURCONI ANDREA VERONICA JOSE H RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL
ANEXO 1 Categorías, Salariales, cargos y cantidad de módulos asignados |
|||
CATEGORIA |
CARGO |
MODULOS |
BASICO |
2 |
Auxiliar de Serv Generales |
80 |
22,960.00 |
3 |
Mucama Hospital |
80 |
22,960.00 |
3 |
Ordenanza |
80 |
22,960.00 |
4 |
Cocinero Hospital |
82 |
23,534.00 |
6 |
Auxiliar |
84 |
24,108.00 |
6 |
Chofer de 2° |
83 |
23,821.00 |
8 |
Chofer de1° |
84 |
24,108.00 |
8 |
Oficial Obrero |
85 |
24,395.00 |
9 |
Chofer de ambulancia |
85 |
24,395.00 |
9 |
Jefe de Cocina |
85 |
24,395.00 |
10 |
Oficial |
88 |
25,256.00 |
11 |
Mecánico |
88 |
25,256.00 |
12 |
Bibliotecario |
89 |
25,543.00 |
12 |
Oficial Técnico |
89 |
25,543.00 |
12 |
Oficial Técnico Prensa Protocolo |
89 |
25,543.00 |
13 |
Maquinista de 1° |
92 |
26,404.00 |
14 |
Auxiliar de Enfermería |
97 |
27,839.00 |
14 |
Enfermero |
100 |
28,700.00 |
14 |
Psicopedagogo |
96 |
27,552.00 |
15 |
Chofer de Pasajeros |
98 |
28,126.00 |
15 |
Oficial Técnico Superior |
98 |
28,126.00 |
15 |
Radiólogo |
100 |
28,700.00 |
17 |
Capataz |
105 |
30,135.00 |
17 |
Chofer de Colectivo |
105 |
30,135.00 |
18 |
Asistente Social |
111 |
31,857.00 |
20 |
Cajero |
133 |
38,171.00 |
20 |
Jefe de División |
133 |
38,171.00 |
21 |
Inspector Municipal |
154 |
44,198.00 |
21 |
Jefe de Enfermería |
154 |
44,198.00 |
21 |
Jefe de Departamento |
154 |
44,198.00 |
TURCONI ANDREA VERONICA JOSE H RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL