Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº283

Resolución Nº 283

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/12/2021

Vistas las presentes actuaciones mediante las cuales tramita el pago del subsidio a las empresas prestatarias del transporte público de pasajeros por colectivo en el marco de lo establecido en la Ley 27.467 Artículo 125, inciso A; por lo expuesto y; CONSIDERANDO:

Que el mencionado subsidio, surge producto de la emergencia en la que se encuentra el transporte público por colectivo, debido a la emergencia sanitaria por la llegada a nuestro país / ciudad del COVID-19,

Que tal como nace de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia se puede observar que el transporte público local se vio afectado económicamente, razón por la cual se declaró la Emergencia del mismo, por medio de las Ordenanzas 20.010 y 20.101 las cuales comprenden un plazo cuyo vencimiento opera con fecha 31 de diciembre de 2020.

Que tal como surge de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia, expedientillos de pago y el estado de ejecución de recursos afectados vs. gastos aportados por el Departamento Contaduría General, surge que resta compensar un total de PESOS TREINTA Y ÚN MILLONES DOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEICIENTOS SESENTA Y DOS CON 47/100 (31.266.662,47), en un todo de acuerdo al convenio firmado entre el Gobierno Provincial y el Ministerio de Transporte de la Nación.

Que tal como emana del mencionado estado de ejecución, brindado por la Contaduría, el monto que se desprende del mismo tiene su origen en las cuotas 10 y 11 del 2020, las cuales fueron depositadas por parte del Municipio, a las empresas prestatarias del servicio de transporte público de colectivos, en forma de prestamo y con el objeto de garantizar el cumplimiento del servicio, salvaguardando el mantenimiento de todo el sistema.

Que las mencionadas cuotas fueron abonadas en los meses de noviembre y diciembre de 2020 respectivamente por medio de la Resolucion 254/2020, en un todo de acuerdo a los considerandos expresados en la misma.

Que según lo informado por el Director de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, los pagos fueron otorgados, teniendo en cuenta la inminente firma de un nuevo convenio para terminar de asistir a los municipios del interior, razón por la cual la comuna debió efectivizar los mismos a los efectos de garantizar el servicio de transporte en la ciudad, bajo el compromiso de ser compensado de futuras acreencias que percibieran las empresas durante el año 2021.

Que al día de la fecha y próximo al cierre del ejercicio 2020, se desprende del estado de ejecución de recursos, que no se han registrado ingresos por parte del Gobierno Nacional / Provincial que permitan compensar el adelanto efectuado a las empresas de transporte.

Que a los efectos de evitar futuros errores en las rendiciones del subsidio, se hace necesario efectuar modificaciones en el Artículo 1º de la Resolución 254/2020 debido a que se ha consignado en el esquema de pagos meses (noviembre / diciembre), cuando correspondía sea número de cuota tal lo establece el Gobierno Provincial / Nacional en sus liquidaciones.

Que a raíz de lo planteado anteriormente, se puede afirmar que la compensación mencionada trascenderá el ejercicio 2020, razón por la cual debería elevarse al Honorable Concejo Deliberante para la convalidación por haberse omitido en dicho acto administrativo.

Por todo ello; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades y ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante:

 

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º). Modificase el Artículo 1º de la Resolución Nº254/2020, de fecha 5 de noviembre de 2020 el que quedará redactado de la siguiente manera:

ARTICULO 1°) Autorizase al Departamento de Contaduría General a efectuar Orden de pago y transferencia bancaria a las empresas prestatarias del servicio público de pasajeros por colectivo de la jurisdicción de Bahía Blanca, según el esquema que a continuación se detalla y por la suma total de PESOS TREINTA Y ÚN MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS SEISCIENTOS SESENTA Y DOS CON 50/100 CENTAVOS (31.266.662,50), en concepto de cuota 10/2020 y 11/2020 a abonar en los meses de noviembre y diciembre, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

EMPRESA - %

PORCENTAJE

MONTO CUOTA 10/2020

MONTO CUOTA 11/2020

LEMOS Y RODRIGUEZ S.A.

37,40%

$5.846.865,89

$5.846.865,89

LANGE DANTE RAÚL

1,30%

$203.233,31

$203.233,31

BAHÍA TRANSPORTE SAPEM

18,60%

$2.907.799,61

$2.907.799,61

TRANSPORTE AUTOMOTOR SAN GABRIEL

42,70%

$6.675.432,44

$6.675.432,44

TOTAL

100%

$15.633.331,25

$15.633.331,25”

ARTICULO 2°) Cúmplase, elévese al Honorable Concejo Deliberante a los efectos de convalidar la Resolucion 254/2020 y el presente acto administrativo que modifica la misma; hecho tome nota Subdirección de Presupuesto y Planificación, Departamento de Contaduría General, dése al RO y RESERVESE en la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos.