Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº320

Resolución Nº 320

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 01/12/2020

  Visto las presentes actuaciones, atento a lo solicitado precedentemente, respecto a la adscripción de la agente SALDAÑO KLEIN Feliciana Itati, Legajo N°15.058, desde la División de Servicio Social hacia el Departamento de Salud Mental y Adicciones, para continuar cumpliendo funciones en esa dependencia; Con el aval de la Junta de Ascensos y Calificaciones a fs. 16 y atento a lo informado a fs. 17 por la Subdirección de Capital Humano;

Considerando:

Que, el Convenio Colectivo de Trabajo, establece en su Art. 20º que: “Un agente reviste como adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en un área Municipal distinta a la que le es propia y en forma transitoria, a requerimiento del área solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia específica de ésta. La situación de Adscripto de un trabajador Municipal, no podrá exceder el término máximo de 1 año (un año), y sólo en casos excepcionales y previa fundamentación podrá prorrogarse por 6 meses más. Superados dichos lapsos debe señalados debe ser absorbido por el ente requirente o, en caso contrario retornar a su lugar de origen. Los plazos señalados comenzarán a computarse a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza que apruebe el presente, careciendo lo dispuesto de retroactividad alguna”; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;

- R E S U E L V E -

PRIMERO:  Adscribir al Departamento de Salud Mental y Adicciones a la agente Feliciana Itati SALDAÑO KLEIN, legajo Nº 15.058, categoría efectiva 04/4B, dependiente de la división de Servicio Social, manteniendo su categoría de revista efectiva y la carga horaria ampliada a cuarenta (40) horas (cuyo vencimiento opera el 31 de Diciembre próximo), a partir del día 27 de mayo y hasta el 31 de Diciembre del 2020. 

SEGUNDOCúmplase, tome nota Departamento Administración del Personal, Dirección General de Acción Social, Departamento de Salud Mental y Adicciones; dése al R.O. y ARCHIVESE.