Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2585

Decreto Nº 2585

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/12/2020

Visto las presentes actuaciones por las que se dispone una serie de medidas con el fin de mitigar la propagación e impacto sanitario del virus denominado Coronavirus (COVID-19); y

Considerando:

Que tanto el Gobierno Nacional como el Gobierno Provincial han impuesto diferentes medidas que permitan desarrollar una adecuada prevención en pos de evitar la propagación de la enfermedad Coronavirus (COVID-19) declarada pandemia por la Organización Mundial de la Salud;

Que ante ello el Departamento Ejecutivo también ha implementando medidas que involucran a la población en general teniendo en cuenta las disposiciones emanadas por los Decretos Nº 317, 322, 334, 335, 336, 342, 344, 349, 437, 551, 562, 575, 597, 606, 670, 671, 708, 714, 723, 725, 726, 727, 734, 735, 740, 742, 743, 746, 749, 753, 782, 812, 816,  817,  845, 858, 910, 960, 998, 1035,  1082, 1085, 1086, 1266, 1292, 1295, 1308, 1320, 1401, 1425, 1445, 1446, 1453, 1610 , 1659, 1841, 1955, 1956, 2006, 2059, 2237, 2463 y 2467  todos del corriente año, en relación al funcionamiento, reducción y/o cese de las actividades comerciales, deportivas, culturales y sociales con gran concurrencia de público de la ciudad, como así también de algunos servicios esenciales;

Que en relación a ello, y en el marco de la adopción de diversas medidas que permitan reducir la circulación de personas para propiciar una adecuada prevención de la enfermedad Coronavirus (COVID-19) a partir del aislamiento entre ellas; se han dictado en concordancia con lo decidido en el ámbito Nacional y Provincial las Resoluciones Nº 185, 194, 206, 209  y 24 del año 2020 por los que se otorga licencia excepcional con goce íntegro de haberes a los agentes municipales, becarios y contratados de la Municipalidad, del Hospital Municipal de Agudos “Dr. Leónidas Lucero”, del Ente Descentralizado de Asistencia Prehospitalaria de la Municipalidad de Bahía Blanca – S.I.EM.P.R.E y de DOSEM que hayan ingresado al país del exterior, embarazadas, mayores de 65 años, grupos de riesgo en salud y/o con hijos en edad escolar;

Que en tal sentido y de acuerdo a lo determinado por el Gobierno Nacional, mediante el dictado del Decreto Nº  1033/2020, es decisión de este gobierno municipal adoptar todas las acciones que resulten necesarias, por la evolución de la situación epidemiológica actual y para lo cual el gabinete municipal se encuentra en permanente coordinación y reunión con diversos actores y organizaciones de la ciudad;

Que en este contexto de riesgo de la salud pública es intención urgente del Municipio, en concordancia además con las normativas y directivas de los diferentes organismos nacionales y provinciales que van desarrollando momento a momento, establecer nuevas medidas  que colaboren en intensificar la prevención de la expansión del virus y el riesgo sanitario,

Por lo expuesto que el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

DECRETA

ARTICULO 1°) - Prorrogar automáticamente la vigencia de la Resolución Nº 206/2020,  hasta el día 31 de enero de 2021, inclusive, y todas aquellas normativas dictadas por este Gobierno Municipal en función de la emergencia a la que refieren los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º) - Déjese constancia que las presentes medidas son dispuestas con carácter temporal y en atención a la dinámica imperante e imprevisibilidad, y que las mismas podrán ser dejadas sin efecto, prorrogadas, o modificadas, atendiendo a la evolución y desarrollo de la situación de la enfermedad Coronavirus (COVID-19) y las necesidades de la población.-

ARTICULO 3º) - El presente es de aplicación al personal de los entes descentralizados Hospital Municipal "Dr. Leonidas Lucero", S.I.EM.PRE. -Sistema Integrado de Emergencias Prehospitalarias- y D.O.S.E.M. -Dirección de Obra Social de Empleados Municipales-, los que mediante sus autoridades, deberán evaluar y regular su aplicación, priorizando la salud pública de los ciudadanos.-

ARTICULO 4°) - Cúmplase, tome nota la totalidad de las Secretarías y demás dependencias que correspondan, dese al R.O, y RESÉRVESE.-