Boletines/Moreno

Resolución Nº4470/20

Resolución Nº 4470/20

Moreno, 28/12/2020

Visto

el Expte. H.C.D. N° 34.093/2020 y la Ley de Protección Integral para las Mujeres N° 26.485. La Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes; la Ley N° 23.592 de Actos Discriminatorios, la Ordenanza Municipal N° 6024/18, la Ordenanza Municipal 6091/19 y todas las leyes nacionales o provinciales que en armonía contemplan los derechos y libertades de las mujeres y personas LGBTTIQ+, que sancionan las violencias y discriminaciones en todas sus formas y ámbitos en los que se manifiestan y;

Considerando

que al día de la fecha se han cometido 10 femicidios, 1 intento de femicidio y 1 intento de travesticidio en el Municipio de Moreno durante el aislamiento Social Preventivo y Obligatorio establecido por Decreto presidencial N° 297/2020.

QUE actualmente Moreno es el distrito con mayor número de femicidios en la Provincia de Buenos Aires durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio,

QUE la Ordenanza Municipal N° 6091/19 declaró la “Emergencia Pública en Materia de Violencia de Género en el ámbito del Distrito de Moreno, por el termino de 24 (veinticuatro) meses, a los efectos de optimizar todos los recursos municipales necesarios para el correcto y eficaz funcionamiento de las áreas y programas municipales de atención, acompañamiento y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia, que diseñan y ejecutan políticas y acciones tendientes a garantizar la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra las mujeres”.

QUE la mencionada norma establece la creación de la Comisión Permanente de Asesoramiento y de Seguimiento Vinculante de la Emergencia Publica de Violencia de Genero.

QUE en el año 2020 y mediante la Ordenanza Municipal N° 6274/20 se modificó la conformación de dicha comisión, estableciendo que” dicha comisión deberá estar conformada por 2 (dos) integrantes de la Comisión de Género del HCD, o 3 (tres) como máximo (si fuera necesario), 2 (dos) representantes del área de Género del Municipio y 1 (un ) Representante del Organismo provincial de Incumbencia”.

QUE la Ordenanza Municipal N*6024/18 creó en la ciudad de Moreno el Observatorio de Equidad de Género Municipal cuyos objetivos se detallan en el artículo 4 de la mencionada normativa, a saber:

a. Producir, recopilar, sistematizar y analizar información sobre la realidad de las mujeres, en el Distrito de Moreno a través de proyectos propios y ajenos y la recopilación, síntesis y análisis de investigaciones teniendo en cuenta las particularidades de esta población, para contribuir a formular y promover el mejoramiento.

b. Implementar un sistema de indicadores, información y registro que permita generar conocimiento acerca de los principales problemas que derivan de la desigualdad entre varones y mujeres en el distrito

c. Poner en conocimiento de la ciudadanía la información oportuna y confiable con el objeto de coadyugar al logro de la igualdad de oportunidades entre mujeres y varones que habitan en el Distrito de Moreno.

d. Articular las acciones del Observatorio de Equidad de género con otros Observatorios que existan a nivel Provincial, Nacional e Internacional.

e. Recopilar y analizar información sobre la realidad de la población de la ciudad de Moreno relativa a la violencia de género, procedente de las Instituciones del Estado Nacional. Provincial y Municipal con competencia en la materia (Juzgados de familia, Comisaria de la Mujer y la familia, U.F.I. N° 5, Dirección de las Políticas de Género, Programa de Prevención de Violencia Familiar, Servicios Local).

f. Elaborar e implementar un sistema de indicadores, información y registro que permita generar conocimiento acerca de los principales problemas que son acarreados por la desigualdad entre varones y mujeres en Moreno.

g. Publicar el informe anual sobre las actividades desarrolladas, el que deberá contener información sobre los estudios e investigaciones realizadas y propuestas de reformas institucionales o normativas.

h. El mismo será difundido a la ciudadanía y elevado a las autoridades de las distintas instancias de la administración municipal con competencia en la materia para que adopten las medidas que correspondan, para erradicar las desigualdades y discriminación que padecen las mujeres en razón de su género

QUE mediante Ordenanza Municipal 6281/20 el municipio de moreno adhirió a la Ley Nacional N° 27.499 llamada Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado, sancionada el 19 de diciembre de 2018 y la Ley Provincial 15.134

QUE los ministerios de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Provincia de Buenos Aires y la Nación Argentina han destinado partidas presupuestarias para el abordaje de situaciones de violencia de género, su prevención y tratamiento en los distintos municipios

QUE en Mayo de este año a la intendenta Melina Mariel Fernández firmó un convenio con la ministra de Mujeres Géneros y Diversidad bonaerense para la implementación del Fondo Especial de Emergencia en Violencia por Razones de Género destinado a municipios de la Provincia de Buenos Aires.

QUE la situación que atraviesa Moreno en materia de violencia contra las mujeres y disidencias con 10 femicidios cometidos, un intento de femicidio y un intento de travesticidia en menos de ocho meses da cuenta de la necesidad de implementar políticas concretas que coadyuven a la prevención, erradicación y tratamiento de la violencia de género.

QUE las colectivas feministas que coexisten en el territorio de Moreno se han manifestado recientemente para exigirle al Gobierno Municipal intervenciones concretas y eficaces a tal fin.

QUE resulta, entonces, imperioso conocer el trabajo real que se ha hecho hasta el momento desde el Poder Ejecutivo Municipal para la prevención, erradicación y tratamiento de todo tipo de violencia basada en cuestiones ligadas al género a fin de realizar un análisis de situación y planificar acciones a futuro.

POR TODO ELLO, el Honorable Consejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN N° 4.470/2020

ARTÍCULO 1°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe detallado de las acciones realizadas durante el periodo Marzo — Octubre 2020 en relación con la Declaración de “Emergencia Pública en Materia de Violencia de Género en el ámbito del Distrito de Moreno.” Acciones realizadas, presupuesto afectado y alcances de políticas en territorio.

ARTÍCULO 2°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe detallado de las acciones realizadas por el Observatorio de Equidad de Género Municipal. Su conformación, funcionamiento y acciones realizadas en el periodo marzo - octubre 2020.

ARTÍCULO 3°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe detallado de la partida presupuestaria destinada a la prevención y erradicación de la violencia de género en el ámbito del Municipio de Moreno. Partida presupuestaria destinada a la Dirección de políticas de Género del Municipio de Morena como así también informe detallado sobre las acciones territoriales implementadas por este organismo.

ARTÍCULO 4°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe detallado sobre la conformación y las acciones realizadas por la Comisión Permanente de Asesoramiento y de Seguimiento Vinculante de la Emergencia Publica de violencia de Género en el periodo marzo – octubre 2020.

ARTÍCULO 5°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe detallado del destino del “Fondo Especial de Emergencia en Violencia por Razones de Género destinado a municipios de la Provincia de Buenos Aires.” Su implementación y las acciones y/o políticas concretas que lo afectaron.

ARTÍCULO 6°: Solicítese al Departamento Ejecutivo informe detallado del presupuesto

Bol afectado y las acciones concretas derivadas de la Ordenanza Municipal 6281/20, a través de la cual bel Municipio de Moreno adhirió a la Ley Nacional N° 27,499, llamada Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres Poderes del Estado.

ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

 

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MIORENO, 28 de Diciembre de 2020.

LAFALCE Héctor                                             BELLOTTA, Araceli

Secretario                                                                 Presidenta

Comunicado al D.E el día 08/01/2021