Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0328/21

Decreto Nº 0328/21

San Andrés de Giles, 25/01/2021

Visto

 El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la firma Neophone S.R.L. ; y

Considerando

    Que dicho instrumento contractual tiene por objeto  el suministro del acceso y uso de internet  correspondiente  la sede del Centro de Día “Alihuén”

 Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias

            D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1º:  Convalídase el contrato de locación  , celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Empresa Neophone Argentina S.R.L: , para la prestación por parte de ésta última  de acceso a internet  a los equipos de informática instalados en el Centro de Día “Alihuén”

ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida,  serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

 Fuente de Financiamiento        110                  Tesoro Municipal

 Jurisdicción                              1110100000:     Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:                         1110106000:    Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática              63                  Promoción, Desarrollo y Asistencia Social         

Actividad                                   19                   Centro de Día Municipal ( C.D.M.)        

Inciso                                         3                   Servicios no personales

P.Principal                                  1                  Servicios básicos

Partida Parcial                            4                   Teléfonos, Telex y telefax.

ARTICULO 3º: Comuníquese, tome conocimiento el Departamento Contable, regístrese y archívese. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CONTRATO

 

El presente Contrato se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 4 de enero de 2021  entre  La Municipalidad de San Andrés de Giles representada por el  Cr. Carlos Javier Puglelli (DNI Nº 24.795.966  en su carácter de Intendente Municipal  ,   con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD  por una   parte  y por la otra la  Sociedad Neophone Argentina S.R.L. - representada  en este acto por su Socio Gerente Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, CUIT Nro.20-14659494-9 – CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Caaguazú Nº 6568  Piso 1º de la ciudad Autonóma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,  en adelante La Empresa ,  convienen en celebrar el presen­te contrato  que quedará sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

PRIME­RA:La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la prestación por parte de la última del acceso a internet    a los equipos de los equipos de PC del Centro de Día Alihuen

SEGUNDA: ­El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 30 de junio  de 2021  y su vigencia es a partir del día 1º de enero  del mismo año.

TERCERA:  El monto a pagar  por La Municipalidad a La Empresa por la prestación  pactada se fija en    la suma de pesos  Mil  Seiscientos Noventa y Siete ($ 1.697 mensuales   en concepto de  abono.-

CUARTA: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de dar por rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

- - - Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo  de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Provincia. de Buenos Aires y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- - - En prueba de conformidad y aceptación, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor, en  el lugar y fecha arriba indicados