Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0290/21

Decreto Nº 0290/21

San Andrés de Giles, 21/01/2021

Visto

El contrato de locación, celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la Firma  Neophone Argentina S.R.L: y

 

Considerando

Que dicho instrumento contractual tiene por objeto  el suministro del acceso y uso de internet  correspondiente  la sede de la Dirección de Deportes de la Municipalidad, sita en el Parque Municipal “Fernando C.Lillia”.

 Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato celebrado.

  Por ello, el Intendente Municipal  en uso de las atribuciones que le son propias

   D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º:  Convalidar el contrato de locación  , celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y la empresa Neophone Argentina S.R.L. , para la prestación por parte de ésta  de acceso a internet  a los equipos de informática  de la Dirección Municipal de Deportes ubicada en el Parque Municipal “Fernando C. Lillia”.

 

ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por este acto se convalida,  serán imputadas en la siguiente partida presupuestaria:

Fuente de Financiamiento         110      Tesoro Municipal

Jurisdicción                               1110100000:     Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:                        1110106000:     Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social

Categoría Programática              62  -     Promoción del Deporte y la  Recreación

Actividad                                   01-      Actividad Deportiva en el ámbito local.

Inciso                                        3-        Servicios no personales

P.Principal                                   1-     Servicios básicos

Partida Parcial                           4-        Teléfonos, Telex y telefax.

ARTICULO 3º: ,Registrar, dar vista al Departamento Contable y a quien más corresponda, publicar y archivar.

CONTRATO

El presente Contrato se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 4 de enero de 2021  entre  La Municipalidad de San Andrés de Giles representada por el  Cr. Carlos Javier Puglelli (DNI Nº 24.795.966  en su carácter de Intendente Municipal  ,   con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD  por una   parte  y por la otra la  Sociedad Neophone Argentina S.R.L. - representada  en este acto por su Socio Gerente Hernán Pablo Fraiese  DNI Nro. 14.659.494, CUIT Nro.20-14659494-9 – CUIT  de la Sociedad 30-71021604-1 con domicilio legal en calle Caaguazú Nº 6568  Piso 1º de la ciudad Autonóma de Buenos Aires, con domicilio comercial  en calle Malvinas Argentinas No. 426 de San Andrés de Giles,  en adelante La Empresa ,  convienen en celebrar el presen­te contrato  que quedará sujeto a las si­guientes cláu­sulas:

PRIME­RA: La Muni­cipalidad contrata con La Empresa la prestación por parte de la última del acceso a internet a los equipos de PC de la Oficina de Deportes ubicada en el Parque Municipal, dependiente de la  Municipalidad de San Andrés de Giles.

SEGUNDA: ­El término de dura­ción del presente ins­tru­mento, se fija  hasta el día 30   del  mes de  junio  del año 2021  y su vigencia es a partir del día 1º de enero  del mismo año.

TERCERA:  El monto a pagar  por La Municipalidad a La Empresa por la prestación  pactada se fija en la suma de pesos  Mil  Seiscientos  Noventa y Siete ($ 1.697) mensuales   en concepto de  abono.-

CUARTA: Las partes pueden resolver el presente contrato, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria con un plazo no inferior a 30 días. Asimismo,  el incumplimiento por parte de la Empresa de la prestación pactada en el presente instrumento, dará lugar a la Municipalidad de dar por rescindir este contrato sin necesidad de interpelación Judicial o Extra Judicial alguna.

Para todos los efectos legales o judiciales que puedan emerger del presente, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción y competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo  de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Mercedes, Provincia. de Buenos Aires , y fijan sus domicilios en los enunciados ut-supra, donde serán validas todas las no­tificaciones que se les practiquen.--

- - - En prueba de conformidad y aceptación, se firman cuatro ejemplares del mismo tenor, en San Andrés de Giles, en el lugar y fecha arriba indicados.----------------------------------------------------------------