Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº826

Resolución Nº 826

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/03/2020

VISTO la nota presentada por INFANTE, ELIANA ANABEL, Contribuyente Nº 74.170A, en la cual solicita la reimputación de pagos desde el mes de Agosto 2018 hasta Agosto 2019 atento que realizo un cambio de actividad y de Tasa, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación en fojas 18, informa que visto que la recurrente cuenta con cese de actividades con fecha 15/07/2018 por expediente Nº 0-8206/2019, corresponderia debitar la suma de $5835,62 del Contribuyente Nº 74170 y acreditarlo al Contribuyente Nº 74170A;

Que de lo normado en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente: “Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la compensación, de oficio o a pedido del contribuyente, de los saldos acreedores que mantengan ante esta Comuna con los importes o saldos adeudados por los mismos por gravámenes de cualquier naturaleza, aunque se refieran a distintas obligaciones impositivas, salvo cuando se opusiera y fuera procedente la excepción por prescripción. La compensación deberá hacerse, en primer término, con las multas y recargos que adeude…”

Que, el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe: Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud”.

Por todo ellola SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º): Debitase de la Cuenta Corriente de INFANTE, ELIANA ANABEL, Contribuyente Nº 74.170, la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($5.835,62), correspondiente a los periodos 06/2018 a 08/2019 en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Acreditase a futuros vencimientos de la cuenta corriente de INFANTE, ELIANA ANABEL, Contribuyente Nº 74.170A, la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($5.835,62), en concepto de Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTICULO 3º): Comuníquese a INFANTE, ELIANA ANABEL, Contribuyente Nº 74.170A que previo a realizarse la acreditación, deberá presentar los recibos originales en el Departamento Recaudación, a efectos que sean intervenidos de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 40 y Nº 41 la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 4º): Cúmplase, dese al R.O., notificase, tome nota el Departamento Recaudación; hecho, ARCHIVESE.-