Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 766/2020
Adolfo Gonzales Chaves, 11/08/2020
Visto
El Expediente 4055-154-2020, Ref. Programa de Apoyo a Clubes del Distrito en la Emergencia COVID-19; y
Considerando
Que el mencionado Programa tiene como finalidad el otorgamiento de una ayuda económica a los Clubes del Distrito de Adolfo Gonzales Chaves en medio de la pandemia provocada por el Coronavirus COVID-19, que servirá como paliativo para afrontar gastos de funcionamiento básico de los mismos;
Que será un complemento a las medidas ya lanzadas por el Gobierno Nacional, como la Resolución Nº 173/2020 que establece la abstención a los Clubes de Barrio y Sociedades de Fomento del corte de luz, gas y agua, el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que contempla la postergación ó reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino y la ayuda del Estado para pagar hasta el 50% de los salarios, y el Programa de Apoyo en la Emergencia para Clubes, con Subsidios de hasta $ 60.000 que podrán ser utilizados para campañas de prevención, capacitación para trabajadores y trabajadoras, socios, socias y dirigentes, servicios e infraestructura, entre otros;
La nota elevada por el Director de Deporte y Tiempo Libre agregada a fojas 43;
El informe de Contaduría Municipal obrante a fojas 45/46;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Otórgase a los Clubes del Distrito de Adolfo Gonzales Chaves que se mencionarán a continuación, una ayuda económica de PESOS SEIS MIL ($ 6.000) mensuales, a cada uno de ellos, durante los meses de Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de 2020, enmarcada en el Programa de Apoyo a Clubes del Distrito en la Emergencia COVID-19, que servirá como paliativo para afrontar gastos de funcionamiento básico de los mismos:
CLUB ATLETICO SAN MARTIN
CLUB DEPORTIVO INDEPENDENCIA
HURACAN CICLISTA CLUB
CLUB DE PELOTA GONZALES CHAVES
CLUB DEPORTIVO GARMENSE
CLUB ATLETICO AGRARIO
CLUB DEPORTIVO JUAN E. BARRA.-
ARTICULO 2º.- El pago de la ayuda económica acordada por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente
Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente
Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.8.0 Transferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación
ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Deporte y Tiempo Libre Municipal.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese