Boletines/Lobería
Decreto Nº 1471-20
Lobería, 27/10/2020
REGÍSTRASE LA BAJA
Visto
Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias, el artículo 45 inciso b) de la Ley 10.471 de Carrera Profesional Hospitalaria, la nota Nº 7.325/20; y
Considerando
QUE, por nota Nº 7.325/20 la Oficina de Personal informa que el Agente Municipal MARIO OSCAR FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 11.483.913, Legajo Nº 1.197 reúne las condiciones legales necesarias para acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada, a partir del 1° de noviembre de 2020;
QUE, de acuerdo al dictamen de la Asesoría Letrada, lo solicitado se encuadra en lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 9.650/80 y el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471;
QUE, dicho Agente Municipal expresa su voluntad de optar por la percepción del anticipo jubilatorio, revistando a la fecha de cese como Hospital “A” de 36 horas semanales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE LA BAJA de la Administración Municipal, a partir del día 1° de noviembre de 2020, al Agente Municipal MARIO OSCAR FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 11.483.913, Legajo Nº 1.197, para acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley 9.650/80 y sus modificatorias y el artículo 45 Inciso b) de la Ley 10.471 de Carrera Profesional Hospitalaria, revistando a la fecha de cese como Hospital A de 36 horas semanales, afectado a la Jurisdicción: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social, 23.01 Dirección del Hospital Municipal – 1.1.0.0. Personal de Planta Permanente”, optando por la percepción del anticipo jubilatorio.
ARTÍCULO 2.- Envíese copia del presente al Agente mencionado a modo de fehaciente comunicación.
ARTÍCULO 3.- Practíquese por las oficinas que correspondan la liquidación final de haberes.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Oficina de Seguros,Oficina de Personal, Delegación Previsional, I.O.M.A., Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 1.471-20