Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº814

Resolución Nº 814

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/03/2020

VISTO la nota presentada por IANNAMICO, ANDRÉS CARLOS, Contribuyente Nº 63.513, en la cual solicita la acreditación del saldo a favor surgido por haber abonado de mas la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el año 2006, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Recaudación en fojas 28 a 30, informa que analizada la documentación presentada por la recurrente, se constato que abonó el monto condicional de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios;

Que de lo normado en el Artículo Nº 40 de la Ordenanza Fiscal vigente: “Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la compensación, de oficio o a pedido del contribuyente, de los saldos acreedores que mantengan ante esta Comuna con los importes o saldos adeudados por los mismos por gravámenes de cualquier naturaleza, aunque se refieran a distintas obligaciones impositivas, salvo cuando se opusiera y fuera procedente la excepción por prescripción. La compensación deberá hacerse, en primer término, con las multas y recargos que adeude…”

Que, el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente prescribe: Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud”.

Por todo ellola SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 3211/2019:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º): Debitase de la Cuenta Corriente de IANNAMICO, ANDRÉS CARLOS, Contribuyente Nº 63.513, la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON NOVENTA ($774,90), por el pago del monto condicional de las cuotas 03-04/2012, 02-03/2013, 03/2016 y 02/2017 en concepto de Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Acreditase a futuros vencimientos de la cuenta corriente de IANNAMICO, ANDRÉS CARLOS, Contribuyente Nº 63.513, la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS ($774,90), en concepto de Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTICULO 3º): Comuníquese a la firma IANNAMICO, ANDRÉS CARLOS, Contribuyente Nº 63.513 que previo a realizarse la acreditación, deberá presentar los recibos originales en el Departamento Recaudación, a efectos que sean intervenidos de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 40 y Nº 41 la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO 4º): Cúmplase, dese al R.O., notificase, tome nota el Departamento Recaudación; hecho, ARCHIVESE.-