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Resolución Nº234

Resolución Nº 234

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/10/2020

Visto estos actuados referentes al sumario ordenado por Resolucion Nº264/2019 a fin de deslindar responsabilidades que le pudieran corresponder al agente Gaston Rafael SEGATORI, legajo 13454, dependiente del Departamentode Salud y Bienestar Animal, a raiz de un accidente en la via publica ocurrido el dia 4 de junio de 2019, con el vehiculo municipal RI T412.

Considerando; 

Que a fs. 285, el Presidente de la Junta de Disciplina emite informe del cual se desprende:

- Que a fs. 18 como prueba obra informe de Provincia Seguros S.A., mediante la cual se comunica la responsabilidad del conductor de la unidad municipal,

- Que a fs. 23/24 obra acto de imputacion en el que se le atribuye al sumariado haber cometido el accidente lo cual implicaria una infraccion a lo dispuesto en el articulo 66 inciso 13 y el articulo 69 punto c) inciso 2 del CCT de Empleados Municipales,

- Que a fs. 25/26 obra cedula del auto de imputacion, a los fines que el agente sumariado presente el correspondiente descargo, obrando el mismo a fs. 27, donde acepta el siniestro debido a un "error involuntario propio", alegando que el vehiculo que conducia no contaba con VTV, hecho que no se acredita con pruebas,

- Que los sumariantes expresan que tal argumentacion no puede prosperar atento que la conducta ha quedado acreditada con la propia declaracion del agente sumariado en el formulario de "denuncia de siniestro" que obra de fs. 1 a 3,

- Que a fs. 32 entienden los sumariantes que el agente ha incurrido en violacion del articulo 66 inciso 1 de la Ordenanza 18.601/16: "la prestacion personal del servicio, con eficiencia, capacidad y diligencia, en el lugar, en condiciones de tiempo y forma, que determinen las disposiciones reglamentarias correspondientes" y el articulo 69 punto c) inciso 2: "negligencia en el cumplimiento de sus funciones",

- Que se considera aplicable la sancion de suspension como establece el articulo 69 punto c) inciso 2 y 4 de la Ordenanza 18.601/16 que expresa: "Medidas Disciplinarias. Todo trabajador podra ser objeto de medidas disciplinarias por las causas que a continuacion se determinan, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales fijadas por las leyes respectivas ... c) Suspension. Son causales de aplicar la sancion de suspension: 2) negligencia en el cumplimiento de sus funciones y 4) el incumplimiento de las obligaciones de los trabajadores establecidos en el articulo 68 del CCT que ameriten esta sancion"

Que la instruccion sumarial no considera la aplicacion de una sancion expulsiva, y pone las actuaciones a consideracion y dictamen de la Junta de Disciplina,

- Que la mayoria adhiere al dictamen de los sumariantes y entienden que habiendose acreditado que el agente no ha actuado con la diligencia correspondiente, no habiendo velado por la conservacion de su vehiculo de trabajo,

- Que lo manifestado ut supra y las constancias obrantes en el expediente, la Junta se entiende eximida de brindar mayores argumentos a lo expuesto por lo cual resuelve por mayoria simple que habiendo el empleado municipal ha incurrido en la violacion de los articulos mencionados correspondiendo la SUSPENSION sin goce de haberes por 5 dias al agente Gaston Rafael SEGATORI, legajo 13.454.

 

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades

 

RESUELVE

 

PRIMERO: Aplicar SUSPENSION sin goce de haberes por 5 dias, al agente Gaston Rafael SEGATORI, legajo 13.454, dependiente de Departamento de Salud y Bienestar Animal, a partir de su notificacion, en un todo de acuerdo a lo establecido en el articulo 69 punto c) inciso 2 y 4 de la Ordenanza 18.601/16.

 

SEGUNDO: Cúmplase, dése al R.O., notifiquese al interesado, tomen conocimiento Departamento de Salud y Bienestar Animal, Departamento Administracion del Personal; cumplido: ARCHIVESE.-