Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2319
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/12/2020
Visto el pedido de Adquisición originado por el Departamento Administración de Redes, dependiente de Intendencia, para la provisión de servicio de internet inalámbrico para dependencias municipales, por el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, y;
CONSIDERANDO:
Que, se realizó la correspondiente Licitación Privada, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las siete (7) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los Certificados de Notificación;
Que, el Departamento Administración de Redes sugiere se adjudique según informe de fojas 186 y 193;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo Nº 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Por ello, en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a foja 200, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
DECRETA
ARTICULO 1º)- Adjudícase a BVNET S.A. (Proveedor Nº 6.152), la provisión de los ítems N° 1, 2, 5 y 6, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas solicitadas, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($929.895.-) y en un todo de acuerdo a los considerandos en el presente decreto.-
ARTICULO 2°)- Adjudícase a TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (Proveedor Nº 6.263), la provisión de los ítems N° 3 y 7, por mejor oferta económica, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($1.951.488.-) y en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.-
ARTICULO 3°)- Déjase constancia que será el responsable de la recepción, control y entrega de la mercadería el agente Gustavo Escobar, Legajo Nº 11.973, en un todo en concordancia a lo establecido por el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 4º)- Cúmplase, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-