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Resolución Nº136

Resolución Nº 136

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 06/10/2020

Visto la nota elevada por la Secretaría del Instituto Cultural a fs. 1, mediante la cual comunica que el señor Marcelo Díaz junto a la señora Alejandra Saguí, poetas y gestores culturales de la ciudad, se encuentran abocados a la organización del “Festival de Poesía Latinoamericana de Bahía Blanca” que se llevará a cabo de manera virtual entre los meses de septiembre y octubre del corriente año; y

Considerando

Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza Nº 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el Tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4º.

Que el Festival de Poesía Latinoamericana tuvo su primer encuentro en el año 2011, con el objetivo de atender a la dinámica cultural de nuestra ciudad, que cuenta con una intensa tradición poética, numerosos talleres, editoriales, publicaciones y lecturas que se dictan a lo largo del año.

Que las actividades propuestas para este año se realizarán en forma virtual, atendiendo al contexto de emergencia sanitaria, manteniendo su característica de ser gratuito al público y sin fines de lucro.

Que este año se tiene previsto convocar entre 12 y 14 invitados de Argentina y Latinoamérica, entre los que se destacan la presencia de poetas e invitados de México, Brasil, Bolivia, Chile, Perú, Rosario, Jujuy, Córdoba, Puerto Madryn, entre otros.

Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, difusión, costos de conectividad e internet, diseño gráfico y web, entre otros que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de la Subdirección de Presupuestario y Planificación y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

                                                R E S U E L V E

PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de la Sra. Alejandra SAGUÍ, C.U.I.T/L.: 23-33107669-4; por la suma de Pesos QUINCE MIL ($15.000), a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, difusión, costos de conectividad e internet, diseño gráfico y web, entre otros que se pudieran ocasionar, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-

SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a la señora Alejandra SAGUÍ, C.U.I.T/L.: 23-33107669-4, la suma de Pesos QUINCE MIL ($15.000atento a lo indicado en el artículo Primero.-

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.7.0.-

CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de cuatro (4) meses, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-

QUINTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-

SEXTO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General y Tesorería, dése al R.O. y ARCHÍVESE.