Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 314
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/10/2020
Visto las presentes actuaciones; la resolución 10-229-2018 mediante la cual se dispone el inicio de una investigación pre-sumarial ante el faltante de bienes físicos de la División de Higiene y Seguridad en el Trabajo; el análisis del caso realizado por el Instructor Sumariante y,
CONSIDERANDO:
Que la Jefa de la División de Higiene y Seguridad en el Trabajo la Sra. NATALIA CARRARA responsable desde el ejercicio 2018 y actualmente, manifiesta haber comprobado inconsistencias detectadas por faltantes de elementos, que a fs. 2/3 consta copia de la denuncia policial en Jurisdicción de la Seccional Segunda de Policía de Bahía Blanca, correspondiente al mismo tema.
Que en dicha denuncia refiere al detalle de los elementos faltantes, dos monitores de marca Samsung de color negro, con pantalla plana de 19 y 20 pulgadas, con sus respectivos mouses (uno de color) un ventilador de pie marca Atma de 20 pulagadas, cuyos números de serie e internos son los siguientes: N° 35.990, registro interno M750: N° 39.193, registro interno: M850; y N° 39.195, registro interno: M852.
Que de acuerdo el dictamen a fs. 45 y 46, surge que tanto la investigación pre-sumarial como el sumario administrativo propiamente dicho tienen como finalidad principal establecer la existencia de faltas administrativas y/o incumplimientos merecedores de una sanción disciplinaria por parte de los empleados municipales alcanzados por la Ley n° 14.656.
Que del caso en análisis no existen elementos de convicción ni probanzas de autos que indiquen la participación y/o autoría en el hecho que se denuncia de algún agente municipal que pueda ser sindicado en la misma.
Que asimismo la U.F.I.J. n° 8 que intervino en la investigación penal, dictaminó el archivo de la I.P.P. n° PP-02-00-004497-18/00 por no haber "..elementos de prueba que suficientes que acrediten la autoría del hecho denunciado...".
Que del caso en análisis no existen elementos de convicción ni probanzas de autos que indiquen la participación y/o autoría en el hecho que se denuncia de algún agente municipal que pueda ser sindicado en la misma. Por lo tanto, conforme lo expuesto; sugiriendo la instrucción el archivo de las presentes actuaciones, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
RESUELVE
Artículo 1º: Dispónese el archivo de las presentes actuaciones, en un todo de acuerdo con los vistos considerandos de la presente resolución y antecedentes obrantes en expediente 262-1805-2018.
Artículo 2º: Cúmplase, dése al R.O., tome nota Dirección General de Técnica Jurídica, Divisón de Higiene y Seguridad en el trabajo, Registro Patrimonial. Cumplido; ARCHIVESE.-