Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº103

Resolución Nº 103

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/09/2020

Visto las presentes actuaciones referidas al pago de honorarios profesionales y adicional de ley  que corresponde abonar a la Municipalidad de Bahía Blanca, en el marco de los autos caratulados: “CHAVES CRISTINA NOELIA y OTROS C/MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA y OTROS S/PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA-OTROS JUICIOS” Expte N°4.864, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Bahía Blanca, por el cual se debe transferir la suma de Pesos setenta y siete mil quince con cuarenta centavos ($77.015,40.-), por los conceptos señalados, correspondientes a los letrados Ignacio Ernesto Lavot y Claudio M. Blanco, y:

CONSIDERANDO,

Que a fs.1 el Director General de Técnica Jurídica y el abogado apoderado de la causa elevaron un informe, en el que realizaron un raconto de las circunstancias que han dado origen a la formación del presente expediente, por el cual el Municipio ha sido condenado a abonar la suma referenciada en el Visto de la presente Resolución.-
Que conforme surge de las actuaciones y del informe de fs.15 acompañado por la Dirección General de Técnica Jurídica, el presente  se origina a raíz de una causa judicial iniciada oportunamente debido a un accidente fatal ocurrido en el año 2006, en el que estuvo involucrado el agente municipal Mariano Marconi por conducir un rodado perteneciente a esta Comuna, en razón de lo cual el Municipio fue condenado al pago de capital e intereses con más los honorarios de la parte actora, los cuales han sido abonados en su oportunidad por Provincia Seguros S.A.-
Que los coactores  Cristina N.Cháves, Julio César Lagos, Sofía Abril Lagos, Eduardo Enrique Lagos Salazar, Lucila Martínez, Néstor Oscar Cháves  y María A.Camayo, plantearon oportunamente recurso de apelación respecto de la tasa de interés aplicada en su momento por el Juez de grado en la sentencia, resultando vencedores ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, con lo cual este Municipio fue condenado al pago de los emolumentos mencionados en el Visto.
Que a fs. 4/12  obra copia de la sentencia  mencionada, emitida por  la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata donde se hace lugar al recurso de apelación interpuesto por los actores y se impone al Municipio las costas de alzada, por presentar réplica y resultar vencida.
Que el concepto a pagar se conforma de honorarios del Dr. Ignacio Ernesto Lavot consistente en la suma de Pesos cincuenta y ocho mil ochocientos ($58.800.-) y adicional de ley del 10% correspondiente a Pesos cinco mil ochocientos ochenta ($5.880.-) y del Dr. Claudio M. Blanco en la suma de Pesos once mil doscientos catorce ($11.214.-) con su adicional de ley de Pesos mil ciento veintiuno con cuarenta centavos ($1.121,40.-), totalizando el monto citado en el Visto. 
Que se agrega a fs.2 copia de la Cédula de Notificación sobre los emolumentos mencionados, a fs. 3 se acompaña copia simple de la Resolución de regulación de honorarios,  y a fs.14 los datos de la cuenta bancaria a la cual se deberá transferir el monto consignado precedentemente.-
Que la cancelación de los honorarios mencionados y adicional de ley resulta conveniente a los intereses de esta Municipalidad en tanto su eventual incumplimiento podría devenir en una ejecución, lo que tornaría más onerosa la deuda con el consiguiente peligro de sufrir alguna medida cautelar en perjuicio de la Comuna.-
Por todo lo expuesto, atento la imputación de la Subdirección de Planificación Presupuestaria y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE

ARTÍCULO 1°).- Autorícese a Contaduría General a abonar la suma de Pesos setenta y siete mil quince con cuarenta centavos ($77.015,40.-), en concepto de honorarios y adicional de ley 6716, de los abogados Ignacio Ernesto Lavot ($64.680) y Claudio M. Blanco ($12.335,40), suma que deberá efectivizarse mediante depósito bancario en la Cuenta Judicial en Pesos N°549727/4, CBU 0140437527620654972741, CUIT N°30-99913926/0, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Bahía Blanca, en cumplimiento de la sentencia emitida en el marco de los autos caratulados “CHAVES CRISTINA NOELIA Y OTROS C/MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA Y OTROS S/PRETENSION INDEMNIZATORIA-OTROS JUICIOS” (Expediente 4.864) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el exordio de la presente Resolución y a las constancias agregadas a estos actuados.-
ARTÍCULO 2°).- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Cat.Prog.01.07.00 Gasto 3.8.4.0.-
ARTÍCULO 3°).- Cúmplase, tomen nota Contaduría General, Tesorería Municipal, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-