Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº276

Resolución Nº 276

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 09/09/2020

Visto las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la evaluación de rectificación del Centro Libre de Manzana, para la construcción de una vivienda multifamiliar en el inmueble sito en calle Zelarrayán 787, designado catastralmente como: Circ. I – Secc B – Mz 66 - Parcela 23 - Partida 18733, en el marco del Art. 4.1.3 del Código de Planeamiento Urbano y

CONSIDERANDO

Que a fs 64/71 obra proyecto elevado por el profesional actuante donde se plantea la ocupación de 18.62 m² del CLM, dejando libre una superficie de 20.96 m² de superficie permitida, no ocupada.

Que a fs 72/73, el Departamento Planeamiento Urbano informa que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el Art. 4.1.3 del Código de Planeamiento Urbano, el cual establece: “Los casos en que la delimitación del C.L.M. afecte parcialmente el ancho del lote, dificultando notoriamente la solución de un proyecto arquitectónico, se presentarán al Departamento de Planeamiento Urbano, para su estudio y solución particularizada”.

Que el inmueble en cuestión pertenece a la zona Microcentro Direccional (C1) del Código de Planeamiento Urbano, la cual se caracteriza como: “Zona coincidente con los ejes de partición del ejido y es soporte del más alto nivel de diversificación y densidad del equipamiento comercial e institucional”, cuyos indicadores urbanísticos son:

FOS: 60%

FOT: 3.00

Altura máxima: 15 pisos

Centro Libre de Manzana: Caso A

Retiros:

Lateral:------

Frente: ------

Fondo: ------

Que según el artículo 4.1 del mencionado Código, a la zona C1 le corresponde “Caso A”, se admitirá la ocupación total del CLM hasta una cota de +6m.

Que la zona se encuentra bajo el régimen de la Ordenanza 15775.

Que concluye el Departamento Planeamiento Urbano indicando que considera propicia la propuesta presentada por el recurrente, ya que no afectaría negativamente a las construcciones linderas, atendiendo las visuales y ventilaciones del patio vecino, dado que la edificación sobre ese eje divisorio tendrá una altura de 5 plantas, mientras que sobre el otro eje medianero tendrá 6 plantas. La ocupación del CLM en la propuesta es de un 12.7% y se puede observar en el gráfico de la manzana con sus parcelas y con su respectivo CLM que lo solicitado no afecta la conectividad de las parcelas linderas.

Que al respecto la Comisión Asesora de Planeamiento, en Acta 569 manifiesta que resulta viable dar curso a lo requerido por el profesional actuante en su última propuesta de fs 64 a 71.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades

RESUELVE

PRIMERO: Autorícese la ocupación de una superficie de 18,62 m² sobre el CLM para la construcción de una vivienda multifamiliar en el inmueble sito en calle Zelarrayán 787, designado catastralmente como: Circ. I – Secc B – Mz 66 - Parcela 23 - Partida 18733, en un todo de acuerdo al proyecto de fs 64 del expediente 0/00-2111/2020 y a los considerandos de la presente Resolución.

SEGUNDO: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tomen nota a sus efectos la Dirección General de Planificación y Desarrollo Urbano, los Departamentos Planeamiento Urbano y Contralor de Obras Particulares. Hecho, ARCHÍVESE.