Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 272
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/09/2020
Visto las presentes actuaciones; la resolución 10-534-2015 mediante la cual se dispone el inicio de una investigación pre-sumarial ante el faltante de bienes físicos de la Delegación Municipal Norte; el análisis del caso realizado por el Instructor Sumariante y,
CONSIDERANDO:
Que el Delegado Municipal Sr. Walter MELE responsable en el ejercicio 2015, manifiesta haber comprobado inconsistencias detectadas por faltantes de elementos, que a fs. 2 consta denuncia policial en Jurisdicción de la Comisaria Segunda Local, el día 04 de Mayo de 2015 correspondiente al mismo tema.
Que en dicha denuncia refiere al detalle de los elementos faltantes, 2 (DOS) amoladoras marca The Wall, una grasera de pie de color celeste con rojo, una motosierra marca Husquarna, 4 (CUATRO) motoguadañas marca Echo, 7 (SIETE) latas de pintura sintética de cuatro litros de varios colores y una grifa tipo barreta para sacar clavos.
Que de acuerdo el dictamen a fs. 61/62 y 62 vuelta, surge que tanto la investigación pre-sumarial como el sumario administrativo propiamente dicho tienen como finalidad principal establecer la existencia de faltas administrativas y/o incumplimientos merecedores de una sanción disciplinaria por parte de los empleados municipales alcanzados por la Ley n° 14.656.
Que del caso en análisis no existen elementos de convicción ni probanzas de autos que indiquen la participación y/o autoría en el hecho que se denuncia de algún agente municipal que pueda ser sindicado en la misma.
Que la U.F.I.J. n° 2 que intervino en la investigación penal, a fs. 40/40 vuelta dictaminó el archivo de la I.P.P. n° PP-02-00-0017145-15/00 "..Por recibidas las presentes actuaciones, y atento lo que surge de las diligencias realizadas y no pudiéndose identificar a / los auto/es del hecho, RESUELVO: proceder al archivo de las actuaciones hasta tanto surjan elementos de convicción que permitan individualizarlos (art.268 último párrafo del C.P.P.)..." (fs. 18 de este expediente administrativo).
Que asimismo la U.F.I.J. n° 1 que intervino en la investigación penal, a fs. 45 dictaminó el archivo de la I.P.P. n° PP-02-00-008143-15/00 "..Atento a que surge de las diligencias realizadas y no pudiéndose identificar a/los auto/es del hecho investigado, RESUELVO: disponer al archivo de las actuaciones hasta tanto surjan elementos de convicción que permitan individualizarlos (art.268 último párrafo del C.P.P.)...".
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
RESUELVE
Artículo 1º: Dispónese el archivo de las presentes actuaciones, en un todo de acuerdo con los vistos considerandos de la presente resolución y antecedentes obrantes en expediente 123-9633-2015.
Artículo 2º: Cúmplase, dése al R.O., tome nota Dirección General de Técnica Jurídica, Delegación Municipal Norte, Registro Patrimonial. Cumplido; ARCHIVESE.-
DSU.-