Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20153
Bahia Blanca, 03/12/2020
Visto:
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 58, la ordenanza 19.776 correspondiente a la obra “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA -ETAPA II-2019-9 CUADRAS” (expte. Nº 425-2791-2019) promulgada bajo Decreto nº 1908/2019.
Y considerando:
Que en dicho informe se ha manifestado lo señalado por el Departamento Vialidad a fojas 47, en cuanto a que no se realizó la obra proyectada sobre Salinas Chicas entre Alberdi y Castelar, debido a la napa freática, la cual se encuentra a poca profundidad, además de la inestabilidad de suelo existente; lo que hace imposible la ejecución de la obra con el paquete estructural propuesto en el Pliego de Bases y Condiciones (carpeta asfáltica sobre base granular y sub base de suelo cal).
Por lo expuesto, es necesario modificar el artículo 1º de la ordenanza nº 19.776 en la declaración de utilidad pública y pago obligatorio de la obra “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA -ETAPA II-2019-9 CUADRAS” de la ciudad de Bahía Blanca.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Modifícase el artículo 1º de la ordenanza 19.776, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra “PAVIMENTACIÓN DE VARIAS CALLES DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA -ETAPA II -2019- 9 CUADRAS” de la ciudad de Bahía Blanca, correspondiente al expte 417R-1254-2019, conforme a los artículos 2º, 3º,4º y 6º de la ordenanza de Obras Públicas nº 2082, artículo 29 del decreto reglamentario 754/76 y artículo 59º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la cual comprende la calle Salinas Chicas entre J.B. Alberdi y Caseros -2 cuadras-ancho de calzada 9m.”
Artículo 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.