Boletines/Adolfo Alsina
Resolución Nº 042/20
Adolfo Alsina, 16/12/2020
Visto
El Proyecto de Ley de Creación del Observatorio de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires. Y;
Considerando
Que, es imperiosa la necesidad de contar con el, para tener un organismo técnico de investigación, información y consulta.
Que, tiene como objetivos principales “investigar, recolectar y gestionar información oportuna, objetiva y veraz para contribuir a determinar las causas y efectos de los siniestros viales, como así también, evaluar las medidas existentes que se ejecuten para evitarlos, con el objeto de promover nuevas medidas preventivas y sugerir las políticas estratégicas que se aconsejen adoptar en la materia”.
Que, dependerá de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Buenos Aires.
Que, tendrá diversas funciones, entre las que se destacan recolectar, elaborar y mantener actualizados los datos estadísticos sobre siniestros viales, sistematizar y analizar las causas y los efectos de los siniestros viales, recopilar y mantener actualizados los datos estadísticos sobre infracciones de tránsito cometidas en la Provincia de Buenos Aires, generar información fehaciente para la toma de decisiones, diseñar, promover e impulsar normas y procedimientos para la captación de la información y el procesamiento de los datos en un sistema uniforme para todos los municipios de la Provincia de Buenos Aires, contribuir en la creación de Observatorios Municipales de Seguridad Vial en la totalidad de los Municipios a los efectos de consolidar la información de toda la Provincia, coordinar con los municipios la puesta en marcha de los observatorios municipales, capacitando a su personal y otorgando las herramientas necesarias para su funcionamiento, impulsar planes y programas basados en la consulta y participación de los municipios, realizar acciones de capacitación y enseñanza para técnicos y funcionarios provinciales y municipales cuyo desempeño se vincule o pueda vincularse con la seguridad vial, establecer relaciones con organismos similares locales, nacionales o internacionales con la finalidad de desarrollar trabajos y establecer estrategias conjuntas, crear campañas de concientización y prevención vial, en conjunto con las Asociaciones Civiles y Organizaciones no gubernamentales que integren la Mesa Técnica de Seguridad Vial, para dar publicidad a toda normativa que se dicte sobre la materia, entre otras.
Que, a su vez, crea la “Mesa Técnica de Seguridad Vial, que tendrá como misión asesorar en los procesos de planificación, implementación y evaluación de políticas públicas, que contribuyan a disminuir la siniestralidad vial”.
Que, dispone la conformación de la misma en su Artículo N° 8 y, en su Artículo N° 9, dictamina sus objetivos y las diferentes competencias que tendrá.
Que, prevé que los Municipios de la Provincia de Buenos Aires deberán crear Observatorios Municipales de Seguridad Vial, teniendo el apoyo del Observatorio Provincial en cuanto a asesoramiento, equipamiento y capacitación, pero deberán elaborar sus propias estadísticas, aunque trabajarán en conjunto con el Observatorio antes mencionado para generar flujo de información de calidad.
Que, para el sustento y la promoción de estas políticas, se crea el Fondo para la Promoción de la Seguridad Vial, “el que se integrará con el 40% del producido del porcentaje correspondiente a la Provincia de Buenos Aires del ingreso por multas”. Por otro lado, estipula que, “destinará el 40% del porcentaje correspondiente a la Provincia aludido en el artículo anterior, a los Municipios que implementen Observatorios Municipales de Seguridad Vial, cuyos montos serán transferidos de acuerdo a los coeficientes y en la forma que establezca la reglamentación”. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA LA SIGUIENTE: RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- Adherimos al Proyecto de Ley de Creación del Observatorio de Seguridad Vial de la Provincia de Buenos Aires y solicitamos que se dé tratamiento para su aprobación en la Honorable Cámara de Diputados y Senadores de la Nación y en la Honorable Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires y, posteriormente, archívese.
DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”