Boletines/Adolfo Alsina

Resolución Nº040/20

Resolución Nº 040/20

Adolfo Alsina, 16/12/2020

Visto

El Proyecto de Declaración N° D-3304/19-20, aprobado por unanimidad en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos, que ve con agrado que el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), las obras sociales enmarcadas en la Ley N°23.660, Ley N° 23.661 y las empresas de medicina prepaga de la Ley N° 26.682, con asiento en la Provincia de Buenos Aires, incorporen dentro de sus prestaciones asistenciales de salud la cobertura de protectores solares con factor 30 (FPS 30) o superior, indicado a través de prescripción médica, de acuerdo a las especificaciones profesionales necesarias para cada tipo de dermis. Y;

Considerando

Que, el proyecto de declaración fue presentado por la Diputada Vanesa Zuccari, y busca reforzar las acciones preventivas ante las enfermedades de la piel producidas por la exposición solar.          

Que, existe conciencia en la comunidad médica internacional y Argentina sobre las consecuencias negativas que tiene la indebida exposición al sol sobre la salud y la dermis, siendo la causa más común de cáncer de piel, entre otras enfermedades; esta situación se agrava debido a los cambios climáticos que han permitido que los niveles de radiación UV sean cada vez mayores, con lo cual sus efectos sobre la salud de las personas son más progresivos y riesgosos.           

Que, desde la Sociedad Argentina de Dermatología indican que uno (1) de cada tres (3) pacientes diagnosticados en el mundo por cáncer, se deben a cáncer de piel; en este sentido, el más común es el carcinoma baso-celular, el segundo el carcinoma espino-celular y por último, el melanoma, que tiene mayor índice de metástasis.          

Que, según la Agencia Internacional de Investigación sobre Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud, señala que la Argentina presenta una tasa de incidencia de  212 casos por 100.000 habitantes, cifra que la posiciona dentro de los países del mundo con mayor incidencia de cáncer media-alta, y la ubica en el séptimo lugar en Latinoamérica.           

Que, los trabajadores municipales de nuestro Distrito revisten la calidad de afiliado directo de la entidad, a raíz de la adhesión de la Municipalidad al régimen del IOMA.   

Que, numerosas organizaciones y personas en nuestra provincia, se encuentran encolumnadas detrás de este reclamo, como la Fundación Nacional de Albinismo “Simplemente Amigos”.

Que, este proyecto promueve un cambio de paradigma al establecer que los protectores solares sean entendidos como medicamentos destinados a la prevención, tratamiento y cura de enfermedades. Por ello:

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA LA SIGUIENTE: RESOLUCION

Artículo 1°.- El  Honorable Concejo Deliberante del Partido de Adolfo Alsina manifiesta su apoyo al Proyecto de Declaración N° D-3304/19-20, aprobado por unanimidad en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos, por el cual se solicita  al Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA), las obras sociales enmarcadas en la Ley N°23.660, Ley N° 23.661, y las empresas de medicina prepaga de la Ley N°26.682 con asiento en la Provincia de Buenos Aires, que incorporen dentro de sus prestaciones asistenciales de salud, la cobertura de protectores solares con factor 30 (FPS 30) o superior, indicado a través de prescripción médica, de acuerdo a las especificaciones profesionales necesarias para cada tipo de dermis.-

Artículo 2°.- Elevar copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires y a los Bloques que la conforman; asimismo enviar copia a todos los Concejos Deliberantes de la Provincia invitándolos a formar parte de esta solicitud.

Artículo 3°.- Elevar copia de la presente al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), las obras sociales enmarcadas en la Ley N°23.660, Ley N° 23.661, y las empresas de medicina prepaga de la Ley N° 26.682 con asiento en la Provincia de Buenos Aires.

DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE ADOLFO ALSINA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.

Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”