Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 2394/20
Adolfo Alsina, 23/12/2020
Visto
la Resolución 202-3756-GDEBA-MJGM mediante el cual se propicia dejar sin efecto el artículo 3 de la Resolución Nº 90/20 del ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, a partir del día 18 de diciembre de 2020.-
Considerando
Que el artículo 3 dispuso autorizar, mientras durara la suspensión de clases en las escuelas , la inasistencia de las personas trabajadoras del sector Público Municipal, cuando se tratare del progenitor, progenitora o personas adultas responsables a cargo, cuya presencia en el hogar resultare indispensable para el cuidado del niño, niña, adolescente, quedando habilitadas a llevar a cabo las tareas que le fueran asignadas desde sus hogares, cuando ello fuere posible.-
Por anexo a la resolución 68/2020 establece la finalización de clases para educación Inicial, Primaria, especial, centros y Servicios Agregados de Formación Integral, Adultos y Formación Profesional, Artística, Educación Física, Psicología Comunitaria y Pedagogía Social a partir del día 18 de diciembre de 2020.-
Que en atención a la finalización del ciclo lectivo, resulta necesario dejar sin efecto el artículo 3 de la Resolución 90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Por todo ello, el Intendente de Adolfo Alsina, en uso de sus facultades: DECRETA:
Artículo Nº 1.- Dejar sin efecto, el artículo 3ª de la Resolución Nº90/2020, respecto de Licencias para cuidado de niños.-
Artículo Nº 2.- A partir del día 21 de diciembre del 2020 se deberán reincorporar a su puesto de trabajo todo aquél trabajador que gozaba de la Licencia para cuidado de niños.-Artículo Nº 3.- Comuníquese a las oficinas respectivas, y dése al libro de decretos.
Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”