Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 89
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/07/2020
Visto las presentes actuaciones referidas al pago de la sentencia condenatoria que corresponde abonar a éste Municipio, en el marco de los autos caratulados: “CARCERENY CONSTRUCCIONES S.A. C/MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA S/MATERIA A CATEGORIZAR – OTROS JUICIOS” (Expte N°25.546), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, por el cual se debe abonar la suma de pesos cincuenta y ocho mil doscientos diecisiete con siete centavos ($58.217,07.-), por los conceptos de capital e intereses de la sentencia en cuestión, y:
CONSIDERANDO,
Que a fs.1 y 6 el letrado apoderado de la Dirección General de Técnica Jurídica elevó informes, con un raconto de las circunstancias que han dado origen a la formación del presente expediente, por el cual el Municipio ha sido condenado a abonar la suma referenciada en el Visto de la presente Resolución.
Que el concepto a pagar mencionado se compone de capital, incluyendo el mismo los intereses que se corresponden con la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a plazo fijo a treinta (30) días desde el 20/09/2018 hasta su efectivo pago, el cual ha sido calculado al 27/05/2020 y arroja la suma referenciada.-
Que se agrega copia simple de la sentencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 (a fs.2/3), notificada por cédula electrónica el día 29/04/20 (a fs.4/5) y a fs. 6/8 la constancia de liquidación de capital con sus intereses calculados al 27/05/20, presentado ante el Juzgado para su aprobación.
Que a fs.10 obra copia de la Resolución judicial aprobando la liquidación practicada, y a fs.11 se agregan los datos de la cuenta bancaria para hacer el depósito de la suma mencionada.
Que el depósito deberá realizarse a la mayor brevedad atento los plazos legales en curso.
Por todo lo expuesto, atento la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE
ARTÍCULO 1°).-Autorícese a Contaduría General a abonar la suma de Pesos cincuenta y ocho mil doscientos diecisiete con siete centavos ($58.217,07.-), en concepto de capital e intereses para la parte actora: Carcereny Construcciones S.A., en cumplimiento a la sentencia condenatoria que ha recaído sobre este Municipio, suma que deberá abonarse mediante depósito bancario en la Cuenta Judicial en Pesos N°562426/1, CBU 0140437527620656242617, CUIT N°30-99913926/0, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Delegación Bahía Blanca, en el marco de la condena emitida en los autos caratulados “CARCERENY CONSTRUCCIONES S.A. C/MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA S/MATERIA A CATEGORIZAR – OTROS JUICIOS” (Expediente 25.546) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el exordio de la presente Resolución y a las constancias agregadas a estos actuados.-
ARTÍCULO 2°).- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, Cat.Prog.01.07.00 Gasto 3.8.4.0.-
ARTÍCULO 3°).- Cúmplase, tomen nota Contaduría General, Tesorería Municipal, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-