Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 306/20
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/08/2020
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma JK TRANSPORTES S.A, solicita la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental, a su establecimiento ubicado en calle Pedro Pico Nº 3000 de la ciudad de Bahía Blanca, cuyo rubro es “Elaboración de Hormigón - Premoldeados” clasificado de Primera Categoría, según Disposición Nº 1643/2016 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de acuerdo con la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 1741/96 y modificatorias, y Considerando:
Que de acuerdo con el informe emitido por el Departamento Saneamiento Ambiental a fs. 777 y 779 del Anexo I del expediente de referencia, el establecimiento cumple con las disposiciones de la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 531/19 y Ley Modificatoria N° 15.107 y con las ordenanzas municipales vigentes.
Atento a lo expuesto, a la resolución municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, el SUBSECRETARIO DE GESTION AMBIENTAL, en uso de las facultades que le confiere el Artículo Nº 5 del Decreto Municipal Nº 3492/2019:
R E S U E L V E
PRIMERO: Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental al establecimiento propiedad de la firma JK TRANSPORTES S.A, cuyo rubro es “Elaboración de Hormigón -Premoldeados” clasificado como de Primera Categoría, ubicado en calle Pedro Pico Nº 3000 de la ciudad de Bahía Blanca, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 11.459, registrándose bajo el Nº 223.-
SEGUNDO: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental será de cuatro (4) años, conforme lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 11.459.-
TERCERO: La firma mencionada en el artículo Primero, deberá abonar la tasa correspondiente a la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental, establecida en el artículo 25º de la Ley Nº 11.459.-
CUARTO: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental, no empece el cumplimiento de toda otra normativa vigente exigible en la forma, plazos y alcances que la autoridad ambiental disponga.-
QUINTO: Notifíquese, déjese constancia de la entrega del Certificado de Aptitud Ambiental, tome nota el Departamento Saneamiento Ambiental y remítase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.-