Boletines/Coronel Dorrego

Decreto Nº1896/20

Decreto Nº 1896/20

Coronel Dorrego, 22/10/2020

Visto

el Expte. 1464/2020 elevado por la Dirección de Producción y Turismo;

 

que resulta necesario realizar la selección del personal que tendrá a su cargo el servicio de guardavidas durante la próxima temporada estival en el Balneario Marisol; y

Considerando

que está en vigencia la Ordenanza 1941/00 de aplicación para el personal llamado a cumplir servicios de guardavidas en las playas y ribereñas del partido;

 

que por la misma se deberá crear un Registro de inscripción para los interesados en desempeñar el servicio más arriba detallado;

 

que para ingresar al Cuerpo de Guardavidas se deberán cumplimentar requisitos tales como tener como mínimo 18 años cumplidos; poseer certificado de buena conducta expedido por la Policía Bonaerense; no registrar antecedentes municipales o provinciales que lo inhabiliten para el ejercicio de la profesión; rendir una prueba teórica y de aptitud físico técnica; someterse a un examen médico psico-físico en el Hospital Municipal y poseer Libreta de Guardavidas expedida y/o reconocida por autoridad competente;

 

POR TODO ELLO, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de facultades que le son propias -

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°) Créase el Registro de Aspirantes para cubrir 9 (nueve) cargos de guardavidas, para la Temporada Estival 2020-2021, el Balneario Marisol.

 

ARTÍCULO 2°) El registro creado en el artículo precedente permanecerá abierto hasta el día 6 de Noviembre de 2020, debiendo inscribirse los aspirantes en la Oficina de Turismo de la Municipalidad de Coronel Dorrego, de lunes a viernes, en horario de 08:00 a 13:00 horas o por casilla de mail turismodorrego@gmail.com.

 

ARTÍCULO 3°)  Los aspirantes deberán cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 1941/00, debiendo en el mes de noviembre/2020, someterse a un examen médico psico-físico en el Hospital Municipal.

Para el cumplimiento de lo anterior, la autoridad de aplicación comunicará a los interesados el lugar y horario donde se desarrollarán los citados exámenes.

 

ARTÍCULO 4°)  Comuníquese a la Oficina de Personal, Oficina de Turismo, Dirección de Salud, Hospital Municipal, Área Deportes, Delegación de Oriente, Sub-Delegación de Marisol, demás que corresponda, dése al R.O. y oportunamente archívese.-