Boletines/Rivadavia
Ordenanza Nº 4391/2021
Rivadavia, 01/02/2021
VISTO:
El Decreto N° 82/2021 y sus Anexos I y II emitido por el Departamento Ejecutivo, estableciendo Protocolos para el Funcionamiento de Jardines Maternales y Escuelas de Idiomas del Partido de Rivadavia, en el marco de la Pandemia COVID-19;
Y CONSIDERANDO:
Que, la cercanía con la fecha de inicio del ciclo lectivo 2021, hace necesaria la creación de un protocolo para el regreso a clases seguro, cuidando a niños, niñas y docentes que concurran diariamente a las instituciones;
Que el anexo I de la Resolución 1/2021, habilita el funcionamiento de Jardines Maternales y Centros de Atención de Desarrollo Infantil y los talleres culturales de hasta 20 personas en espacios con amplia ventilación;
Que, atentos a la opinión de los expertos y especialistas que conforman las organizaciones mencionadas, se entiende que es sumamente necesario impulsar la vuelta a clases presenciales de las instituciones educativas que dependen directamente de este departamento ejecutivo;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1.- Convalidase el Decreto N° 82/2021 y sus Anexos I y II emitido por el Departamento Ejecutivo que establece Protocolos para el Funcionamiento de Jardines Maternales y Escuelas de Idiomas del Partido de Rivadavia, en el marco de la Pandemia por COVID-19.-
ARTICULO 2.- Comuníquese, Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A UN DIA DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.--
MARIA FABIANA MILANI |
JORGE PABLO ROSOLEN |
Secretaria |
Presidente |
Honorable Concejo Deliberante |
Honorable Concejo Deliberante |
REF: Expte. Nº 19/2021
Promulgada por Decreto Nº 162/2021